La Corte Suprema de Justicia no admitió una denuncia contra la diputada Yanibel Ábrego por la presunta comisión del delito de blanqueo de capitales relacionada con la compra de terrenos en el área de Condado del Rey.
Con la ponencia de la magistrada Cristina Chen Stanziola y con fecha del pasado 8 de abril, el pleno de la Corte decidió no admitir la denuncia presentada por el abogado Neftalí Jaén por considerar que no se habían aportado las pruebas idóneas requeridas para establecer la comisión del delito denunciado.
El fallo fue notificado a las partes a través del edicto 402, en el cual se establece que el pleno de la Corte no admitió la denuncia atendiendo a lo dispuesto en el artículo 488 del Código Procesal Penal, que establece que la denuncia contra un diputado deberá promoverse por escrito a través de un abogado y con la aportación de las pruebas idóneas, y que si la denuncia o querella no reúne este requisito, será rechazada de plano.
La denuncia interpuesta por Jaén contra la diputada Ábrego se fundamentó en una publicación realizada por el diario La Prensa el 11 de abril de 2023, en la que se relataba la compra de una serie de propiedades por parte de la diputada, entre ellas un apartamento en el área de Condado del Rey.
Se trata de un apartamento adquirido por la suma de $240 mil en el año 2014 en Condado Country Club en Condado del Rey, para lo cual realizó un abono de $48 mil, y los restantes $192 mil a través de una hipoteca.
A Ábrego también se le atribuye la compra de una gran cantidad de tierras en el área de Cirí Grande y Cermeño, Capira.
En su momento, Jaén solicitó a la Corte investigar los fondos con los que la diputada Ábrego adquirió esas propiedades debido al alto costo de los terrenos y los apartamentos adquiridos.
Jaén aportó como prueba las publicaciones hechas por el diario La Prensa sobre los diversos terrenos comprados por Ábrego, tanto en Capira como en la ciudad de Panamá.


