Con la ponencia de la magistrada, Miriam Cheng Rojas, la Corte Suprema de Justicia no admitió un amparo de garantías constitucionales presentado a favor del expresidente Ricardo Martinelli Berrocal dentro del proceso que se le sigue por presunto blanqueo de capitales de la sociedad New Business, utilizada por la adquisición de Editora Panamá América (Epasa).
El fallo, con fecha del pasado 12 de octubre de 2022, precisa que en este caso el amparo no fue propuesto directamente contra la orden de indagatoria emitida por la Fiscalía Especializada contra la Delincuencia Organizada, sino contra la resolución del Juzgado Tercero Liquidador de Causas Penales que rechazó un incidente de controversia contra la medida de la fiscalía. La acción de amparo -alega la Corte- debió dirigirse contra la acción original expedida por el fiscal.
El fallo plantea que ante estas constancias procesales se hace evidente que la acción constitucional presentada no fue dirigida contra la orden u acto originario que supuestamente contiene la infracción de los derechos fundamentales consagrados por la Constitución.
Además, plantea que en reiterada jurisprudencia la Corte ha señalado que la actuación de demanda a través del amparo de garantías constitucionales debe ser contra el acto originario.
La defensa del exmandatario también sostiene que las garantías constitucionales de su cliente fueron violados, ya que las investigaciones en su contra se iniciaron cuando aún era diputado del Parlamento Centroamericanos (Parlacen).
También la defensa de Martinelli alegó que su cliente está protegido por el principio de especialidad, por lo que no puede ser procesado por este caso. El próximo 29 de noviembre Martinelli tendrá la audiencia preliminar por este caso. Ya el juzgado llamó a juicio a 20 personas.