Maybeth Coronado demostró en los tribunales que la Caja de Seguro Social (CSS) le causó múltiples daños a su salud por haberle recetado un veneno en vez de una medicina para la piel, en 2006. Pero hasta la fecha, no ha recibido un solo centavo de esta indemnización, una de las primeras del llamado caso de envenenamiento masivo con dietilenglicol. Al menos 838 personas están en fila con demandas en los tribunales.
La primera sentencia a favor de Coronado se dio en 2017 y la más reciente, en la que se precisa cuánto debían pagarle, el año pasado. La información se conoce luego de que el pasado 16 de mayo, el procurador de la Administración, Rigoberto González, respondiera una consulta del director de la CSS, Enrique Lau, instruido por la junta directiva de la entidad, en la que preguntaba quién debía pagar la indemnización a la paciente.
González fue categórico: los 188 mil 897 dólares los deberá desembolsar la CSS, la entidad que pertenece a los asegurados, y no el Estado, a través del Tesoro Nacional.
González recordó que desde el 2 de febrero de 2017, hace cinco años, la Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral de la Corte Suprema de Justicia, ante una demanda presentada por el abogado Jaime Franco, en representación de Coronado, falló a favor de la víctima y en contra de la CSS.
Se detalla que a Coronado, en 2006, la CSS le recetó medicamentos dermatológicos que contenían el tóxico dietilenglicol. Las afectaciones provocados por los medicamentos contaminados fueron corroboradas mediante análisis clínicos hechos por el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses (Imelfc).
Por los efectos adversos de los medicamentos, la paciente debió recibir tratamiento en Cuba y Estados Unidos, generando gastos a sus familiares.
El fallo
El fallo del 2 de febrero del 2017, bajo la ponencia del entonces magistrado de la Corte, Abel Zamorano, concluyó que la CSS debía reunir ciertos estándares y requisitos exigidos por las buenas prácticas de producción de medicamentos, situación que no cumplió.
También señala que la obligación de esa entidad de seguridad social era supervisar las especificaciones, características y requisitos mínimos de seguridad de los insumos para la elaboración de las medicinas, toda vez que su finalidad era satisfacer necesidades de interés público.
Los magistrados de la Sala Tercera advirtieron en su fallo que el servicio público de salud se creó para ser usado por los habitantes de la nación, quienes tienen una confianza legítima y de buena fe en la administración, por lo cual dicho servicio debe ser seguro y, por mandato constitucional, las autoridades tienen la obligación de proteger la vida, honra y bienes de los nacionales y extranjeros.
Luego, el magistrado Carlos Vásquez ratificó el 30 de diciembre del 2021 el fallo de Zamorano, al definir el monto que la CSS debía entregar como indemnización por la mala prestación de los servicios de salud.
Otras demandas
El Comité por el Derecho a la Salud y a la Vida presentó, a través de la firma Carrera Pittí PC Abogados, un total de 421 demandas por la suma de $168.3 millones.
Gabriel Pascual, vocero del comité, confirmó este fin de semana que estas demandas fueron admitidas, pero que aún no se ha dado un pronunciamiento de fondo por parte de la Sala Tercera de lo Contencioso Administrativa.
En tanto, el abogado Víctor Orobio presentó otras 417 demandas, en representación de otro grupo de personas afectadas por el tóxico dietilenglicol, no aglutinadas en el Comité por el Derecho a la Salud y a la Vida, que reclaman indemnizaciones que asciende al monto de $1,125 millones.
Ambos grupos sostienen que existen personas afectadas por el tóxico que no fueron incluidas en la demandas, ya que no pudieron presentar certificaciones de que les fueron recetados medicamentos contaminados por parte de la CSS.