¿Cuáles son los escenarios para el fin del asilo del expresidente Ricardo Martinelli?

¿Cuáles son los escenarios para el fin del asilo del expresidente Ricardo Martinelli?
El presidente Daniel Ortega, de Nicaragua; y el exmandatario panameño Ricardo Martinelli.


La decisión del expresidente Ricardo Martinelli de buscar asilo político en el gobierno de la República de Nicaragua ha puesto, por el momento, fuera del alcance de la justicia panameña al expresidente condenado a 128 meses de prisión por su rol en el caso de blanqueo de capitales denominado New Business. Dado que la República de Panamá negó el salvoconducto que hubiese permitido concretar la intención de evadirse de la jurisdicción panameña, es necesario entender el mapa de opciones que existe para resolver esta situación dentro de los canales del Derecho Internacional Público y la Constitución Política de la República de Panamá.

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En la práctica, en las relaciones pacíficas entre los Estados, existen tres grandes escenarios por los cuales es posible que resulte un desenlace de la actual situación domiciliada en la sede de la embajada de Nicaragua en la capital panameña. Estos escenarios corresponden a lo que reconoce y permite el ordenamiento jurídico panameño y las normas de las relaciones diplomáticas entre los países.

La solución voluntaria

En este escenario, el propio asilado decide de forma voluntaria aceptar su realidad jurídica y presentarse ante las autoridades panameñas. Esto podría darse a raíz de la fatiga natural producto del efecto “casa por cárcel” del asilo diplomático en la vivienda en el barrio de La Alameda, que pertenece a la embajada de Nicaragua. Esta decisión voluntaria podría resultar de acciones administrativas del propio Estado panameño contra bienes del asilado en razón de la condena del caso New Business o incluso como respuesta a algún anuncio o manifestación de interés de un nuevo enjuiciamiento por un posible delito en un país distinto a los involucrados en el tira y jala del asilo. Es conocido que tanto España como Estados Unidos llevan adelante casos judiciales por importantes actos de corrupción cometidos en Panamá durante la administración del exmandatario.

El mecanismo de la entrega voluntaria funcionaría probablemente a través de una comunicación de su equipo de defensa legal o por medio de un contacto diplomático entre la embajada de Nicaragua y el gobierno de Panamá, por el cual se establecerían los parámetros para la salida voluntaria del asilado, sin mayores consecuencias para las relaciones diplomáticas y comerciales entre ambos países.

La salida unilateral

Una ruta de salida al estancamiento del asilo político del expresidente Martinelli podría ser una medida unilateral de Nicaragua o de Panamá. Una posibilidad es que, luego de las elecciones generales del 5 de mayo de 2024 en Panamá, el ganador o ganadora del torneo presidencial reitere su voluntad de negar el salvoconducto al asilado, y ante la perspectiva de pasar los 5 años del próximo periodo de gobierno con una fuerte fricción con el Estado panameño, el gobierno de Nicaragua decida “invitar” al asilado a abandonar la embajada, revocando la nota diplomática con la que notificó su asilo. Incluso, si hubiese un cambio súbito de gobierno en Nicaragua, también sería factible esa revocatoria del asilo. Existe un escenario espejo, por el cual las elecciones del 5 de mayo producirían un resultado tal que el nuevo gobierno de Panamá, que tomaría posesión el próximo 1 de julio, decidiera conceder el salvoconducto para que el expresidente abandone el territorio panameño, ya sea que Panamá interponga un proceso de extradición posterior o que otro país lo reclame con su propia extradición. La ausencia territorial de la jurisdicción panameña no generaría impunidad automáticamente. Esto se vivió con la extradición del expresidente Martinelli de los Estados Unidos en 2018. Los mismos argumentos de persecución política y de justicia parcializada fueron invocados entonces sin resultado positivo para el actual asilado.

El camino de la negociación asistida

En el marco de las relaciones pacíficas entre Nicaragua y Panamá, es viable concebir un escenario en el que los dos países, quizás con alguna ayuda de algún tercer país, puedan llegar a una solución. Existen candidatos para ese rol de tercer país, por sus buenas relaciones y mucha influencia sobre Nicaragua, como pudieran ser Brasil, China o Cuba. Este tercero, amigable componedor, reuniría a diplomáticos de alto nivel de ambos países acompañados de un robusto equipo de especialistas jurídicos, quienes expondrían con lujo de detalle el fundamento de cada parte. Así, el tercer país podría “conversar” en privado con cada parte, escucharía sus argumentos y trataría de acercarla al punto de vista del otro país. El riesgo de este tipo de solución es que los terceros países puedan tener sus propios intereses que les incentiven a favorecer más a Nicaragua que a Panamá.

La ruta de la justicia internacional

Dentro de este esquema jurídico diplomático, existe una vía institucionalizada por la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas del 18 de abril de 1961. Esta Convención ha sido ratificada por Nicaragua y Panamá. El mecanismo de solución de controversias que establece esta Convención está contenido en el Protocolo Facultativo sobre la Jurisdicción Obligatoria para la Solución de Controversias, que es un anexo de esta Convención de Viena. El Protocolo establece cuatro vías para solucionar el diferendo entre dos países miembros. La primera vía de solución es la negociación bilateral entre los dos Estados en conflicto. Al anunciarse la intención de uno de estos Estados de llevar la controversia a la Corte Internacional de Justicia (CIJ) de la Haya, Holanda, le corresponde a los países que son parte de la controversia negociar bilateralmente por dos meses. Si estas negociaciones no funcionan, entonces pueden iniciar el proceso ante esta Corte Internacional. La segunda vía sería buscar un tribunal de arbitraje, acordado mutuamente por las partes para que resuelva el tema.

Si en este caso, del asilo del expresidente Martinelli, Nicaragua y Panamá se pudieran poner de acuerdo en algo tan complicado como un tribunal de arbitraje, no sería necesario usar esta vía, porque sería más fácil ponerse de acuerdo sobre el asilo mismo. La tercera vía es una variación de la segunda, y en vez de un tribunal de arbitraje se establece la posibilidad de usar una comisión de conciliación. De esta forma, los dos países se someterían a este proceso de conciliación, por el que deben esperar dos meses para iniciarla, luego tendrían 5 meses para realizarla, y finalmente, si no están de acuerdo con las recomendaciones de esta comisión de conciliación, tendrían dos meses adicionales para acudir a la CIJ.

La cuarta vía es obviamente esperar los dos meses que exige el protocolo e iniciar el litigio ante la CIJ. A Nicaragua le gusta mucho acudir a la CIJ, porque le ha ido bien en algunas de sus disputas más relevantes con países como los Estados Unidos y Colombia. Un proceso ante la CIJ no es fácil ni barato. Panamá seguramente alegaría que las convenciones sobre asilo político prohíben otorgarlo por la comisión de delitos comunes. A su vez, Nicaragua señalaría que al país que le compete calificar el asilo es al Estado que lo concede. Panamá contraatacaría afirmando que el asilo del expresidente viola una serie de otras convenciones internacionales como la Convención Interamericana contra la Corrupción, la Convención de Naciones Unidas sobre la Corrupción y otras similares. Seguramente, terceros países interesados en la lucha contra la corrupción también intervendrían en el caso, la mayoría a favor de Panamá. La CIJ tardaría años para decidir el tema, y mientras tanto, el asilado continuaría dentro de la embajada de Nicaragua. Si la CIJ decide a favor de Panamá, Nicaragua podría interponer un recurso para dilatar la decisión que seguramente sería la misma, y al final tendría que entregar al asilado. Cabe la posibilidad de que Nicaragua ganara el caso y Panamá tendría que interponer su propio recurso y atenerse a las consecuencias de un fallo perjudicial de la CIJ.

En casi todos estos escenarios, la solución al asilo estancado tomará tiempo, meses que se transformarán en años. El asilo no causa la prescripción de la pena, siempre y cuando haya pedido de extradición, por lo que, a pesar de que el exmandatario salga del país, la pena de 128 meses de prisión estará vigente. Los ciudadanos panameños recordarán a todas aquellas instituciones, que como el Tribunal Electoral, actuaron con falta de diligencia y mucho desinterés a lo largo de este caso.

Si en el año 2022 los magistrados Tribunal Electoral, Alfredo Juncá y Heriberto Araúz, no se hubieran salido con aquello de que el expresidente Martinelli estaba amparado por el principio de especialidad, todo el calendario del caso New Business se habría adelantado unos 7 meses. La situación que hoy enfrenta la justicia panameña con este asilo es un problema de todos. A quien le robaron el dinero con el cual se compró Epasa fue al pueblo panameño, no al pueblo nicaragüense. Panamá tiene que luchar hasta agotar todas las instancias nacionales e internacionales para que se haga justicia.


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