El Decreto Ejecutivo No. 71. que faculta al Ministerio de Salud (Minsa) a dictar disposiciones sanitarias, de toque de queda y de reapertura de actividades económicas de manera directa durante la pandemia, fue demandado este lunes, 8 de febrero, ante la Corte Suprema de Justicia (CSJ).
Fue el abogado Ernesto Cedeño quien interpuso el recurso, específicamente contra los artículos 4 y 8 del decreto. Este último artículo señala: “Se faculta al Ministerio de Salud, para que, a través de resolución motivada, establezca las medidas de restricción de movilidad de las personas, toque de queda, cuarentena total, de reapertura de actividades y cualquier otra medida necesaria...”.
Según Cedeño, estos dos artículos serían ilegales toda vez que, en el caso de la facultad que se le da al ministro de Salud vía decreto para que imponga toque de queda y restricción de movilidad, solo es potestad del Órgano Ejecutivo de dictar esas medidas.
Sobre el nuevo Decreto Ejecutivo 71 y los super poderes. pic.twitter.com/NWDWeCzZVQ
— ERNESTO CEDEÑO A. (@ernestocedeno) February 7, 2021
El decreto 71 se fundamenta en decretos ejecutivos pasados. Se trata del decreto No. 62 del 13 de enero, el No. 65 del 28 de enero y el No. 66 del 28 de enero, los cuales ya fueron demandados por Cedeño. Estas demandas están a la espera de admisión por parte de la Sala Tercera de la Corte Suprema.