El 24 de julio del 2019, la entonces procuradora general de la Nación, Kenia Porcell, fue entrevistada por el periodista Álvaro Alvarado sobre el caso pinchazos y, entre sus respuestas, estuvo la siguiente:
“En el caso del expresidente [Ricardo] Martinelli, el Ministerio Público lleva la audiencia a juicio, la ha llevado muy bien, con fiscales expertos, con fiscales que conocen el caso se ha acreditado el aspecto objetivo, se ha acreditado la vinculación, y si tú me dices a mi, Álvaro, yo no veo cómo el Ministerio Público o el país, porque es que no es el Ministerio Público, el país, las más de 150 víctimas vayan a perder o venga un fallo contrario. Todo está allí. De hecho, los partícipes ya fueron condenados y si los partícipes ya fueron condenados, ¿qué pasa con el autor? Esto es así de sencillito. Yo no le veo problema”.
Esta declaración, y “otras”, constituyen el fundamento de la demanda civil por daños y perjuicios por un millón de dólares, más costas e intereses, que interpuso el abogado Alfredo Vallarino, en nombre del expresidente Ricardo Alberto Martinelli Berrocal, el 7 de julio del 2020. En esa demanda, se fundamentó el secuestro civil de los bienes de la exprocuradora por un monto de $144,060.
Las etapas del proceso
La demanda civil fue conocida por el Juzgado Tercero del Circuito del Primer Distrito Judicial, a cargo de la entonces jueza Ana Zita Rowe. Cuando se solicitó el secuestro de los bienes de Porcell, Rowe determinó que la jurisdicción civil no era competente para conocer una demanda de daños y perjuicios en razón de que la exprocuradora efectuó la declaración polémica cuando ejercía el cargo y, por lo tanto, se debía demandar al Estado ante la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia, como dice el artículo 97 del Código Judicial, ya que el Estado es el responsable por los actos u omisiones de los servidores públicos en el ejercicio de sus funciones. Esto último lo establece el artículo 1645 del Código Civil.
El demandante apeló la decisión y el Primer Tribunal Superior de lo Civil negó el robusto argumento jurídico de la jueza Rowe y decidió que ella debía ordenar el secuestro. El auto de secuestro fue dictado el 9 de marzo del 2021, fecha desde la cual la exprocuradora tiene sus bienes secuestrados.
La defensa legal de Porcell interpuso un amparo de garantías constitucionales ante la Corte Suprema de Justicia, en razón de la decisión del Primer Tribunal Superior. El amparo es un mecanismo que obliga a examinar el cumplimiento de garantías constitucionales y el respeto de derechos fundamentales frente a una amenaza inminente o afectación proveniente de una acción u omisión de un servidor público. El amparo fue admitido por la Corte el 12 de abril del 2022, teniendo como sustanciador al entonces magistrado José Ayú Prado, pero en los nueve meses siguientes no pasó nada significativo con este amparo.
Por otra parte, el equipo de defensa de Porcell también apeló el auto de secuestro dictado por la jueza Rowe. El Primer Tribunal Superior rechazó su apelación el 21 de noviembre de 2022. Si el amparo no prospera, eso significa que la exprocuradora tendrá que ir a juicio por un comentario proferido por un caso de Martinelli. Este proceso podría tomar años antes de tener su primera sentencia, que seguramente será apelada y que llegaría en casación civil a la Corte. En todos esos años, los bienes de Porcell estarían secuestrados.
El debate jurídico
El fondo de la reclamación civil de Martinelli contra Porcell es la supuesta violación a la presunción de inocencia, cometida por la entonces procuradora con sus declaraciones a Alvarado.
El argumento complementario de la demanda del expresidente es que Porcell efectuó dichas declaraciones como ciudadana y no como procuradora. Además, en la demanda se afirmó que “en el momento procesal oportuno, aduciremos las pruebas de rigor”. Es decir, como en cualquier secuestro, no se han visto las pruebas y ya los bienes están cautelados.
Los argumentos
El primer argumento contra este proceso civil es que la entonces procuradora emitió la declaración controvertida como cabeza del Ministerio Público. Su entrevista no fue realizada como ciudadana, sino en razón de ser la más alta funcionaria del Ministerio Público. Una de las principales funciones de ese cargo es llevar la vocería de la institución y por eso fue entrevistada.
El segundo argumento jurídico contra este proceso civil es que la Corte Suprema, de forma reiterada, ha dicho que las reclamaciones civiles por acciones u omisiones de los servidores públicos, en ejercicio de sus funciones o “pretendiendo ejercerlas”, se deben dirigir contra el Estado. Esta jurisprudencia ha reiterado sistemáticamente los principios legales del Código Civil y del Código Judicial. La conducta del Primer Tribunal Civil contradice la jurisprudencia de la propia Corte Suprema.
El tercer argumento contra este proceso civil es el efecto precedente. Si la persona demandante está acusada en dos procesos penales por blanqueo de capitales y sus dos hijos varones se declararon culpables en Estados Unidos por blanquear dinero de sobornos, “pagados a un alto funcionario del gobierno de Panamá que también era un pariente cercano”, y a pesar de todo esto puede secuestrar los bienes a la exprocuradora, el efecto paralizador sobre la justicia es terrible.
Si se mantiene este precedente, el día de mañana, el actual procurador (encargado) Javier Caraballo podría enfrentar demandas civiles y secuestros de sus bienes por parte de los carteles del narcotráfico que ha perseguido. Cualquier fiscal, ya sea la fiscal general de Cuentas o el fiscal general Electoral, también podrían enfrentar la misma suerte. Igualmente, los jueces y magistrados que condenen a alguien poderoso, pueden esperar algo similar.
En la página 5 de la transcripción de la audiencia de lectura de sentencia de Ricardo Alberto y Luis Enrique Martinelli Linares, celebrada en Nueva York el 20 de mayo de 2022, el abogado Sean Hecker, defensor de Ricardo Alberto, dijo: “nuestro cliente Rica y su hermano Luis fueron atados a esta conspiración de lavado de dinero, más de una década atrás, en el 2009, por su padre, quien era entonces presidente de Panamá y el receptor de los sobornos de Odebrecht”.
Esa declaración fue conocida por medios de comunicación de todo el planeta y está accesible a todos los abogados y empresas que busquen información sobre este tema. Siguiendo la lógica de la demanda civil contra la exprocuradora, el abogado Hecker violó la presunción de inocencia del expresidente Martinelli. Su declaración debe haber causado mucho daño porque la hizo ante un juez federal en Estados Unidos.
Si ante los mismos hechos no hay la misma actuación jurídica, quiere decir que la demanda contra Porcell tiene otro propósito. Ese mismo que los lectores ya saben. Ahora, con la llegada de la magistrada Ariadne García, reemplazo de Ayú Prado, tal vez el amparo se mueva y este caso tenga otro final.