Tribunal salva al ‘círculo cero’ de Ricardo Martinelli

Tribunal salva al ‘círculo cero’ de Ricardo Martinelli


El Segundo Tribunal Superior de Justicia declaró nulo todo lo actuado en el proceso penal adelantado por la presunta comisión del delito de blanqueo de capitales, a Felipe Pipo Virzi, Nicolás Corcione, Ricardo Ricky Calvo Latorraca, derivado de las actividades del exmagistrado de la Corte Suprema de Justicia Alejandro Moncada Luna, a quien la Asamblea Nacional condenó por enriquecimiento injustificado.

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Ordenan cerrar expediente en el que se investiga a 13 personas en caso Moncada LunaMoncada Luna, a prisión por la comisión de dos delitosCheques vincularían a Nicolás Corcione con coima

Un fallo del pasado 23 de septiembre, firmado por los magistrados Wilfredo Sáenz y María De Lourdes Estrada, archiva la investigación por haberse incurrido en lo que se conoce como “doble juzgamiento”.

La medida beneficia, además, a Julián París Rodríguez, Jorge Espino Méndez, Alberto Ortega Maltez, Felipe Rodríguez Guardia, Humberto Juárez Barahona, María Gabriela Reyna López, Mauricio Ortiz Quesada, Claudio Poma Murialdo, Óscar Iván Rivera, Francisco Filiú Nigaglioni y María del Pilar Fernández (esposa de Moncada Luna).

De acuerdo con los magistrados, en este caso se violó la garantía del debido proceso, debido al incumplimiento de las formalidades referentes a la formulación de los cargos por el delito de blanqueo de capitales.

El documento, al que tuvo acceso este medio, dice además que en el acuerdo entre el fiscal del caso Pedro Miguel González y Moncada Luna, este último aceptó una pena de 60 meses de prisión por los delitos de enriquecimiento injustificado y falsedad.

Dice también que en el punto cuatro del pacto se establece que en el pronunciamiento de la sentencia conlleva el cierre de la investigación. Así mismo, plantea que con el acuerdo se eliminaron los cargos de blanqueo de capitales y corrupción, por tanto, al acusado solo lo declaran responsable por los delitos de enriquecimiento injustificado y falsedad.

En este punto los magistrados se preguntan ¿cómo y en base a qué se han formulado cargos de blanqueo de capitales a personas allegadas al exmagistrado Moncada Luna, si a él le fue eliminada esa acusación?

EN EL MINISTERIO PÚBLICO

Tras el proceso que culminó con la condena de Moncada Luna a 60 meses de prisión, el fiscal González remitió al Ministerio Público toda la documentación del caso para que se considerara la posible apertura de una investigación por la presunta comisión de hechos delictivos de personas allegadas al exmagistrado de la Corte, y del expresidente de la República Ricardo Martinelli.

El fallo también recalca que al ordenar el cierre del proceso por parte de las magistradas de garantías Ana Matilde Gómez, Zulay Rodríguez y Katleen Levy “es imposible judicialmente volver a iniciar una investigación por los mismos hechos”.

“Por tanto no es posible volverlo a analizar en otro proceso judicial, según lo establece el artículo 32 de la Constitución Nacional”, detalla el documento.El artículo 32 de la Constitución establece que “ nadie será juzgado, si no por autoridad competente y conforme a los trámites legales y no más de una vez por la misma causa penal, administrativa, policiva o disciplinaria”.

SALVAMENTO DE VOTO

Por su parte, el magistrado Luis Mario Carrasco discrepó con el resto de los magistrados, al asegurar que el acuerdo de pena suscrito entre el exmagistrado Moncada Luna y el fiscal González eliminó los delitos de blanqueo de capitales y corrupción. De acuerdo con Carrasco, en este caso el acuerdo de pena ejecutado se hizo por razones de conveniencia y como método expedito de solución de conflicto, que le permitió al Ministerio Público limitar el ejercicio de su acción penal, únicamente en cuanto a la persona de Moncada Luna, y que ello no implica que los delitos de corrupción y de blanqueo de capitales fueron acciones no ejecutadas.

Sostiene que el acuerdo de pena no hace desaparecer los hechos pasados ni las conductas realizadas. A modo de ejemplo, sostiene que un acuerdo de pena en un caso de homicidio no hace desaparecer el homicidio, ni tampoco elimina la posible responsabilidad de los demás partícipes.

“Ningún delito desaparece por un acuerdo de pena y tampoco es correcto afirmar que las partes decidieron eliminar el cargo por blanqueo de capitales”, sostuvo.

EL CASO

Según la investigación adelantada por la Fiscalía Especializada contra la Delincuencia Organizada, las cuentas registradas a nombre de las sociedades Corporación Cubemu, S.A., Sarelen Corporation, S.A., y Corporación Luxol, S.A., todas en el Banco Universal, estaban directamente relacionadas con las sociedades empresas Omega Engineering, Inc., PR Solutions, S.A., All Caribbean Construction, Lam Services, Mediprex Investment, Constructora PV&V, S.A., Ingeniería KTM, S.A., que recibieron dineros de contratos de obras celebradas entre sus titulares y el Órgano Judicial, en el periodo en que Moncada Luna fungió como presidente de la Corte Suprema de Justicia.

SORPRENDIDOS

La sentencia del Segundo Tribunal Superior Penal sorprendió a dirigentes de los diferentes sectores del país, que cuestionaron el actuar de los magistrados.

Por ejemplo, la diputada independiente Ana Matilde Gómez, quien fue una de las tres juezas que actuaron en el proceso seguido al exmagistrado Moncada Luna, aseguró que le sorprende lo de “doble juzgamiento” y explicó que en la Asamblea remitimos todo el expediente al Ministerio Público para que hiciera las investigaciones, respecto a todo lo que no fuera de la competencia del Legislativo.

“Eso se puede confirmar en nuestra decisión... que ellos [los demás involucrados en el proceso] estaban fuera del acuerdo del fiscal y nosotras decidimos remitir todo al Ministerio Público”, enfatizó.

En esa misma línea, la diputada Levy, quien también actuó como jueza, dijo que el fallo en cuestión es “desatinado”. Aseguró, además, que es un “nefasto precedente que produce impunidad”.

“ Nosotras como juezas no liberamos las cuentas porque tenían que ser investigadas por el Ministerio Público”, añadió.

Por su parte, el diputado Adolfo Valderrama, que en ese momento ejercía como presidente del Legislativo, manifestó que la Asamblea Nacional solo juzga magistrados de la Corte Suprema de Justicia. “Los particulares responden a la justicia ordinaria, nefasto precedente este fallo, produce impunidad”.

El presidente del Colegio Nacional de Abogados, José Alberto Álvarez, dijo estar “sorprendido”. “Puedo decirle que estamos sorprendidos con esa decisión, nosotros pedimos que se investigara a las personas vinculadas de alguna forma u otra, así como a las cuentas, transacciones y pagos que hizo el exmagistrado. “Vamos a leer el fallo”, puntualizó.

 

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