El pleno de la Corte Suprema de Justicia declaró no viable un amparo de garantías presentado por la empresa Fomento de Construcciones y Contratas (FCC) y Construcción, Infraestructura y Filiales de México, S.A. de C.V., contra una resolución de la Sala Cuarta de Negocios Generales de esa corporación de justicia que rechazó una aclaración de sentencia y una reconsideración dentro de un proceso de arbitraje.
El 6 de mayo de 2019, el Centro de Conciliación y Arbitraje de Panamá, que auspicia la Cámara de Comercio, Industrias y Agricultura de Panamá, dictó un laudo arbitral final sobre la disputa entre FCC Construcción, S.A. y Construcción, Infraestructura y Filiales de México, S.A. de C.V., y las sociedades mexicanas Obras Portuarias de Coatzacoalcos, S.A. de C.V. y Matrix Concesiones, S.A. de C.V. El caso fue perdido por el grupo empresarial liderado por FCC.
El fallo que resolvió el amparo, bajo la ponencia de la magistrada María Cristina Chen Stanziola, esclareció un recurso que en su momento causó muchas suspicacias, ya que fue presentado en 2021 por María Fábrega, hermana del entonces magistrado Luis Ramón Fábrega, y que fue admitido por Efrén Tello, suplente de Fábrega.
La admisión del recurso fue criticada por algunos juristas por el hecho que el artículo 207 de la Constitución precisa que “no se admitirán recursos de inconstitucionalidad, ni amparos contra fallos de esa corporación de justicia o sus salas”. Esta decisión está consignada en un edicto colgado en la secretaría de la Corte.
El amparo, admitido por Tello el 1 de septiembre de 2021 y que fue presentado por María Fábrega, buscaba dejar sin efecto un fallo de la Sala Cuarta de Negocios Generales del 27 de agosto de 2020, que rechazó un recurso de anulación propuesto por FCC Construcción y Construcción, Infraestructura y Filiales de México, S.A. de C.V., en contra del laudo arbitral del 6 de mayo de 2019, proferido en el proceso arbitral propuesto por las sociedades mexicanas Obras Portuarias de Coatzacoalcos, S.A. de C.V. y Matrix Concesiones, S.A. de C.V., en la Corte Internacional de Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional.
En esa ocasión, el fallo de la Sala Cuarta fue apoyado por los magistrados María Eugenia López Arias (ponente) y, curiosamente, Fábrega. La magistrada Ángela Russo de Cedeño salvó el voto.
El amparo presentado por Fábrega recogía parte del salvamento de la magistrada Ángela Russo.
La disputa empresarial está relacionada con la construcción de una millonaria obra de infraestructura en México.
La decisión de la Corte, que tardó casi un año en resolverse, permite ahora que el laudo arbitral expedido por la Cámara de Comercio Internacional pueda ser ejecutado, una vez el fallo quede debidamente ejecutoriado.