Se desestima la demanda contra unas publicaciones

Los Ochy y Panaplátanos deben pagar $731 mil a Corprensa, por orden de una juez

Los Ochy y Panaplátanos deben pagar $731 mil a Corprensa, por orden de una juez
La juez señaló en su fallo que en la redacción de las notas de La Prensa no se se han constatado hechos que sean violatorios o contrarios a la honra o la dignidad humana.


La juez Duodécima Civil, Ibeth Muñoz Almanza, desestimó una demanda de la sociedad Panaplátanos, S.A. y los hermanos David y Daniel Ochy Diez, en contra de Corporación La Prensa, S.A. (Corprensa), por presunto daño moral, por una serie de publicaciones del año 2012.

+info

Tribunal falla a favor de Corprensa en demanda de TCTGran negocio con las tierras de BarúPelea por la ´Banana Republic´

Además, la juez Muñoz Almanza ordenó que los demandantes paguen $731 mil a Corprensa, en concepto de costas. El artículo 1071 del Código Judicial contempla la condena en costas a la parte contra la cual se pronuncie la sentencia, “salvo que a juicio del juez haya actuado con evidente buena fe”.

En su demanda civil, los Ochy manifestaron haber sufrido daños morales y materiales por una serie de publicaciones del diario La Prensa, hace ocho años, sobre la asignación de tierras en Barú por parte de la Autoridad Nacional de Tierras (Anati), a favor de exsocios de la Cooperativa de Servicios Múltiples de Puerto Armuelles (Coosemupar), y el conflicto que esa transacción generó en trabajadores bananeros del área.

La juez señaló en su fallo que en la redacción de las notas no se se han constatado hechos que sean violatorios o contrarios a la honra o la dignidad humana.

Estamos convencidos que de la redacción, tal y como está, no inferimos ninguna situación que nos permita concluir que la dignidad o buen nombre de una empresa o personas se encuentren desprestigiadas, ni que se haya querido endilgar la comisión de delito alguno”, indicó.

En el fallo también está anotado que: “Las noticias no resultaron ser ajenas a la realidad, puesto que aconteció en aquel entonces una invasión de tierras estatales, ciertas fincas bananeras por parte de los extrabajadores, dado que en ese momento aún la Anati no había vendido, a través del proceso de titulación o adjudicación de las fincas de propiedad del Estado, es claro que había un conflicto entre extrabajadores divididos en grupos que forman parte de la extinta cooperativa, luego asociadas en una nueva y, además, porque la empresa que se encontró en el área bananera es precisamente Panaplátanos”.

Los Ochy y Panaplátanos deben pagar $731 mil a Corprensa, por orden de una juez
David Ochy

Contra esta decisión, José María Castillo, abogado de los Ochy y de Panaplátanos, anunció un recurso de apelación. Castillo también representa al expresidente Ernesto Pérez Balladares en sus procesos judiciales contra Corprensa, acciones que han conllevado el secuestro de activos de la casa editorial, por $1.13 millones, pese a que el caso se encuentra en primera instancia y todavía no hay condenas.

La decisión de la juez Muñoz Almanza, adoptada el 23 de septiembre pasado, es el segundo fallo adverso a los Ochy, relacionado con este conflicto, proferido en lo que va de año.

El 27 de febrero pasado, el Primer Tribunal Superior de Justicia revocó una sentencia de otra juez civil que originalmente condenó a Corprensa a pagar $600 mil en concepto de daño moral, a los hermanos Ochy Diez.

Los Ochy Diez reclamaban $6 millones por unas publicaciones del diario La Prensa, los días 31 de julio y 1 y 2 de agosto de 2012, sobre los contratos estatales a su compañía Trancaribe Trading, S.A. (TCT), para construir una carretera en Paso Canoa-Puerto Armuelles, por $114 millones. Al día siguiente -3 de agosto de 2012-, los camiones de TCT bloquearon el edificio de Corprensa para impedir que circularan los periódicos La Prensa y Mi Diario.

La juez Decimotercera Civil, Melina Robinson, manifestó en 2015 que las publicaciones eran “falsas, temerarias, injuriosas y denigrantes”, pero los magistrados Nelson Ruiz, Carlos Trujillo y Olga Rujano, al revocar aquella sentencia condenatoria, consideraron que el medio de comunicación “se comportó de manera diligente en la elaboración de los textos periodísticos... cumpliendo así con el deber de diligencia en la búsqueda de la verdad, que le impone el Código de Ética del Periodista en Panamá”.


LAS MÁS LEÍDAS