Juez niega indemnización a Pérez Balladares y lo condena a pagar $581 mil a Corporación La Prensa

Juez niega indemnización a Pérez Balladares y lo condena a pagar $581 mil a Corporación La Prensa
La demanda de Pérez Balladares se limita a dos publicaciones, del 21 y 22 de marzo de 2011, en las que se informa que el expresidewnte “podría ser objeto de una segunda investigación penal” por presunto blanqueo de capitales.


Una juez civil ha negado a Ernesto Pérez Balladares (1994-1999) la indemnización de $5.5 millones que desde hace 11 años el expresidente exige a Corporación La Prensa, S.A. (Corprensa) por presuntos daños y perjuicios. En contraste, le ha condenado a pagar $581 mil en costas, a favor de la parte demandada, así como otros gastos derivados de este proceso.

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El expresidente Ernesto Pérez Balladares secuestra activos de Corporación La Prensa

La decisión fue adoptada el viernes 23 de junio pasado por la juez Decimoquinta de Circuito Civil, Lina Castro de León, la cual hace tres años, a solicitud de Pérez Balladares, había ordenado un secuestro, por una concurrencia de hasta $1.13 millones, sobre bienes y cuentas de Corprensa.

Ahora, la juez Castro ha determinado que las publicaciones de La Prensa que, según el demandante, le causaron un daño moral, fueron extraídas de la vista fiscal del 28 de febrero de 2011 que elaboró la Fiscalía Especializada contra la Delincuencia Organizada, sobre los fondos provenientes de salas de juego que fueron beneficiadas con concesiones durante la administración de Pérez Balladares.

En dicha vista fiscal, el entonces fiscal Marcelino Aguilar solicitó el encausamiento criminal de Pérez Balladares y 11 personas, así como el sobreseimiento de tres.

“Este tribunal no puede colegir que la hoy demandada haya realizado señalamientos falsos, ya que es claro que dicha información se extrajo de la Vista Fiscal Ampliación No. 6 del 28 de febrero de 2011, en la cual inclusive se incluyen imágenes de los cheques”, señala la juez Castro.

En el fallo, de 39 páginas, la juez se refiere a la aplicación del estándar de la “real malicia”, es decir, “demostrar que quien se expresó lo hizo con plena intención de causar un daño y conocimiento de que se estaban difundiendo informaciones falsas o con un evidente desprecio por la verdad de los hechos”. Por tanto, la juez recordó que este estándar “le impone al que se sienta agraviado que acredite la culpa grave, doctrina que es aplicable cuando el sujeto pasivo de una difamación por vía de los medios de difusión sea un funcionario público o figuras del dominio público, como lo es el caso que nos ocupa”.

Juez niega indemnización a Pérez Balladares y lo condena a pagar $581 mil a Corporación La Prensa

La defensa de Corprensa estuvo a cargo de Adán Arnulfo Arjona, de la firma Galindo, Arias y López.

En el año 2009, la Fiscalía contra la Delincuencia Organizada inició una investigación a Pérez Balladares por presunto blanqueo de capitales, porque la empresa Lucky Games, que obtuvo un contrato de concesión para operar 500 máquinas tragamonedas, enviaba dineros sin ninguna justificación a la Shelf Holding, una sociedad familiar del expresidente. Eventualmente, por estos hechos, Pérez Balladares fue favorecido con un sobreseimiento definitivo.

La demanda de Pérez Balladares contra Corprensa se limitó a dos publicaciones, del 21 y 22 de marzo de 2011, tituladas “Pérez B., ligado a dinero procedente de Bahamas” y “Fuentes insisten que fundación movió más de $176 millones”, en las que se informa que Pérez Balladares “podría ser objeto de una segunda investigación penal” por presunto blanqueo de capitales, por “supuestas irregularidades detectadas en una cuenta bancaria en Bahamas”.

Como parte de este litigio, que se extendió por 11 años, se declaró el secuestro de bienes y cuentas de Corprensa por hasta $1.3 millones. La acción fue adoptada en plena pandemia respiratoria, en junio de 2020, pese a que entonces no se había declarado la culpabilidad o inocencia de La Prensa y el proceso estaba estancado en primera instancia. Incluso, el Consejo Nacional de Periodismo (CNP) advirtió en aquel momento que el secuestro civil era señal de un “Estado fallido”, ya que comprometía la labor y circulación de La Prensa y Mi Diario. La Cámara de Comercio, Industrias y Agricultura lo consideró un atentado a la libertad de expresión y el entonces relator por la Libertad de Expresión, de la Comisión Internacional de los Derechos Humanos (CIDH), Edison Lanza, aseguró que la medida era desproporcionada, con “impacto en la libertad de prensa”.


Adjuntos

Sentencia.pdf



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