El magistrado Olmedo Arrocha admitió este viernes 27 de diciembre la demanda de inconstitucionalidad presentada contra la resolución de la Asamblea Nacional que ratificó a Javier Caraballo como procurador suplente de la Nación.
La demanda fue presentada por el abogado Igor Jomir Herrera Brugiati, contra el decreto No. 112 del 17 de diciembre de 2019 de la Asamblea Nacional, que ratificó a Caraballo como suplente de Eduardo Ulloa, procurador a partir del próximo 2 de enero, en reemplazo de Kenia Porcell.
La presentación de esta acción de inconstitucionalidad no impediría que Caraballo asuma como procurador suplente, la próxima semana.
La demanda fue repartida por la secretaria de la Corte el pasado 23 de diciembre, seis días después de la ratificación de Caraballo en el cargo. Este viernes, el Órgano Judicial informó que Arrocha admitió la acción. Ahora le corresponderá al procurador de la Administración, Rigoberto González, emitir una opinión sobre esta discusión; acto seguido, iniciaría la fase de alegatos, para que cualquiera que tenga interés en participar en el tema lo haga.
El demandante Herrera Brugiati solo demandó la ratificación de Caraballo, y no la de Mónica Castillo como suplente del procurador de la Administración.
“De acuerdo al argumento del demandante, el Pleno de la Corte tendría que analizar la posible contradicción entre dos normas constitucionales en cuanto al nombramiento de suplentes para el cargo de procurador general de la Nación. Este contexto de discusión no es usual en las demandas de inconstitucionalidad, por lo que se hace necesaria la intervención interpretativa de esta corporación de justicia, para definir la situación y así contribuir a garantizar la democracia y la estabilidad institucional, como postulados del preámbulo de nuestra Constitución”, señala el comunicado del Órgano, Judicial emitido este viernes.
La Corte Suprema de Justicia también tramita una demanda de inconstitucionalidad presentada por Roberto Ruiz Díaz contra la frase final de los numerales 6 y 7 del artículo 1 del Decreto Ejecutivo 1055 del 22 de noviembre de 2019, que convocó a la Asamblea Nacional a sesiones extraordinarias para la discusión de 15 puntos, en la que se incluyó el nombramiento de los suplentes de los procuradores de la Nación y de la Administración.
Esta demanda sostiene que si bien el artículo 221 de la Constitución señalaba que tanto el Procurador de la Nación como el Procurador de la Administración y sus suplentes serán nombrados del mismo modo que los magistrados de la Corte Suprema de Justicia, en las reformas constitucionales del año 2004, dicho artículo fue modificado por el número 224, que detalla que “las faltas temporales de alguno de los procuradores serán cubiertas por un funcionario del Ministerio Público, como encargado”.