La Corte niega la ‘aclaración’ que solicitó Canatra, al fallo que permite a las plataformas de transporte cobrar en efectivo

La Corte niega la ‘aclaración’ que solicitó Canatra, al fallo que permite a las plataformas de transporte cobrar en efectivo


La Corte Suprema de Justicia metió freno a las pretensiones de la Cámara Nacional de Transporte (Canatra) respecto a aquel fallo del 26 de diciembre de 2019, que anuló las normas que prohíben a las plataformas digitales de transporte cobrar en efectivo.

Este martes se conoció que la Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo negó, el pasado 3 de julio, dos solicitudes presentadas por Canatra: una, para que se le reconociera como parte dentro del expediente, y otra, de aclaración de la sentencia del 29 de diciembre pasado.

Los magistrados Carlos Vásquez (ponente), Cecilio Cedalise y Luis Ramón Fábrega señalaron que la primera solicitud es extemporánea, dado que el Código Judicial señala que este reconocimiento precluye con la sentencia de primera instancia.

En cuanto a la petición de aclaratoria, ésta es improcedente, ya que la solicitud de Canatra “no está dirigida para aclarar frases obscuras o de doble sentido, contenidas en la parte resoluta, sino que busca que el Tribunal haga pronunciamientos que van más allá de los permitidos en una aclaración de sentencia”, advierten los magistrados Vásquez, Cedalise y Fábrega, en el fallo del 3 de julio, publicado este martes en Gaceta Oficial.

Lea aquí el fallo de la Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo, del 3 de julio de 2020

El 26 de diciembre pasado, la Corte declaró nulas, por ilegales, dos frases del Decreto Ejecutivo 331 del 31 de octubre de 2017, emitido por el Ministerio de Gobierno para limitar las formas de pago de plataformas como Uber y Cabify.

El Decreto Ejecutivo fue demandado por la Asociación de Consumidores Libres, a través del abogado Jaime Molina, que solicitó la anulación de los artículos 1, 2, 3, 6 y 16 de la referida norma.

La Autoridad de Tránsito y Transporte de Panamá (ATTT) decidió ignorar el fallo de diciembre pasado, a la espera de que la Corte resolviera la aclaración de sentencia solicitada por Canatra.


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