El Ministerio Público anunció que interpondrá un recurso de apelación contra la sentencia del pasado 28 de junio en la que el Juzgado Segundo Liquidador de Causas Penales absolvió a 28 personas por los delitos de blanqueo de capitales en los casos Panamá Papers y Lava Jato.
La Fiscalía Segunda Especializada contra la Delincuencia Organizada notificó al juzgado de la presentación del recurso de apelación con la sentencia emitida por la juez Baloisa Marquínez.
En ambos el Ministerio Público había solicitado al juzgado emitir una sentencia condenatoria por el delito de blanqueo de capitales. Según la fiscalía en ambas investigaciones se determinó que el sistema bancario nacional fue usado para legitimar fondos presuntamente provenientes de actividades ilícitas.
En su fallo la juez Marquínez alegó que en ambas investigaciones la Fiscalía Especializada contra la Delincuencia Organizada no aportó pruebas concluyentes de que los procesados actuaron con conocimiento de causa respecto a la ejecución de actividades ilícitas o con la intención de ocultar el origen ilícito de los fondos.
Además la juez argumentó, que la fiscalía no presentó elementos probatorios que demuestren que los imputados se beneficiaron personalmente de estas transacciones y que tampoco se pudo establecer que hayan intentado encubrir u ocultar a través de sus actos la ilicitud de la procedencia ilícita de los fondos involucrados.
Según el juzgado, las pruebas recabadas en los servidores de Mossack Fonseca, con evidencias electrónicas que fueron aportadas al proceso en soporte papel, “no cumplieron con la cadena de custodia, así como los principios que rigen la prueba digital principalmente al carecer de valores ‘hash’ (algoritmo matemático para transformar bloques de datos) que permitieran tener certeza de su autenticidad e integridad”.
Una vez presentado la apelación el recurso será enviado a los magistrados del Tribunal Superior de Liquidación de Causas Penales, junto con ambos expedientes para analizar su contenido y determinar si confirman la decisión de primera instancia o si la revocan.