No admiten otro amparo a Martinelli, por el caso New Business

No admiten otro amparo a Martinelli, por el caso New Business
El 9 de agosto de 2019, Martinelli fue declarado “no culpable” y se ordenó su liberación inmediata.Archivo


El Primer Tribunal Superior rechazó un amparo de garantías constitucionales que Ricardo Martinelli Berrocal presentó contra la juez penal Baloisa Marquínez, por decisiones adoptadas durante el juicio seguido al expresidente y otros 14 acusados del delito de blanqueo de capitales, en la causa conocida como New Business.

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Las magistradas Guimara Aparicio Ortega, Melina Robinson Oro y Lilianne Ducruet no admitieron el amparo presentado por Alfredo Vallarino, abogado de Martinelli, por razón de las decisiones adoptadas por la juez Marquínez, específicamente durante la jornada del 25 de mayo pasado.

El amparo no fue admitido pro las magistradas, “al considerar que no se advierten los caracteres de lesividad y trascendencia que justifiquen la admisibilidad de esta acción constitucional”.

El juicio de New Business, por el que Martinelli ya fue condenado a 128 meses de prisión y al pago de una multa de $19.2 millones, se celebró del 23 de mayo al 2 de junio pasado.

El 25 de mayo, tercer día del juicio, transcurrió con la presentación de varios testigos de la defensa, por ejemplo, Osvaldo Borrell, vicepresidente senior de banca corporativa de Global Bank; Gracie Rodríguez de Cedeño, secretaria en una firma de abogados Benedetti y Abogados; Dorian Ulloa, de la firma Chanis Asociados; el banquero Juan Carlos Núñez; la contadora Elba Gordón, y Francisco Arias Vallarino y Francisco Arias Galindo, quienes representaron a la familia Arias en la negociación de la venta de las acciones de Epasa, en diciembre de 2010.

Pero ese día también protestaron varios abogados defensores porque cuando la juez llamó a los dos testigos protegidos, estos no comparecieron, pese a las constancias de que había sido debidamente diligenciadas. Más adelante, cuando el juicio entró en su recta final, el fiscal Emeldo Márquez le diría a la juez Marquínez que los dos testigos habían expresado que temían por su seguridad.

Aunque Martinelli, en su amparo, sostiene que la actuación de la juez “cercenó el libre y pleno ejercicio del derecho que tiene la defensa a interrogar a los testigos”, el Primer Tribunal Superior consideró que el amparo no puede ser admitido porque no se probó que la actuación de Marquínez afectó los derechos y garantías constitucionales. Por tanto, está ausente “el requisito de lesividad del acto”.

Las tres magistradas advirtieron a la defensa de Martinelli que el uso del amparo como medio para cuestionar temas probatorios solo procede de manera excepcional en aquellos casos en los que ha violado un derecho o garantía fundamental por razón de una sentencia arbitraria o por una sentencia en la que exista falta de motivación o deficiente argumentación.


La decisión de las magistradas Aparicio, Robinson y Ducruet fue adoptada el pasado 21 de julio, cuatro días después de que se la juez Marquínez condenara a Martinelli y otros cuatro acusados, y declarara absueltos a otros 10. La decisión fue divulgada el 14 de agosto por el Órgano Judicial.

Esta nota fue actualizada el lunes 14 de agosto de 2023...



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