La prueba idónea se convirtió, nuevamente, en una herramienta que permitió al Pleno de la Corte Suprema de Justicia no admitir una denuncia penal contra el diputado del Partido Revolucionario Democrático (PRD) Benicio Robinson, por la presunta comisión de los delitos contra la administración colectiva, la seguridad colectiva, el medioambiente yl ordenamiento territorial.
Se trata de una carpeta (antes expediente) que fue remitida por el Ministerio Público de Chiriquí en la que se menciona al diputado Robinson y en la que se investiga la presunta comisión de delitos contra la administración pública, la administración colectiva, el medioambiente y ordenamiento territorial y falso testimonio.
A través del edicto No.1298, colgado en la tarde del lunes 23 de diciembre de 2024, en el tablero de la Secretaría de la Corte, se informa a las partes de la decisión del Pleno de la Corte, bajo la ponencia de la magistrada María Cristina Chen Stanziola.
Entre los fundamentos del Pleno de la Corte para no admitir la denuncia contra Robinson se menciona el artículo 488 del Código Procesal Penal, en el que se plantea que la querella o denuncia contra un diputado debe contener prueba idónea del hecho punible imputado.
La norma también señala que se deberá promover la denuncia por escrito, a través de abogado y que para ser admitida debe contener los datos de identidad, domicilio y firma del querellante o denunciante y de su apoderado legal. Establece, además, que la denuncia debe contener los datos de identificación del querellado y su domicilio, así como plantear una relación precisa, clara y circunstanciada del hecho atribuido, lugar y tiempo de su realización. Si la querella o la denuncia no reúne estos requisitos para su calificación, advierte el artículo 488, será rechazada de plano.
Con la presente denuncia penal son ya dos las que el Pleno de la Corte archiva contra Robinson durante el presente año.
La primera que no prosperó fue una denuncia por la presunta comisión del delito de blanqueo de capitales y en la modalidad de delitos contra el Tesoro Nacional, que fue presentada por la excopartidaria de Robinson, Zulay Rodríguez. La denuncia abarcaba la presunta comisión de los delitos de peculado, falsificación de documentos y asociación ilícita.
En la denuncia de Rodríguez se le atribuía a Robinson el manejo de una empresa denominada Transporte y Edificaciones del Atlántico, que mantiene una concesión con el Municipio de Bocas del Toro desde el año 2013 para el suministro de grava y arena, material que vende a proyectos que se desarrollan en la provincia de Bocas del Toro y de los cuales presuntamente no declaró sus ganancias.
En esa ocasión, la Corte dispuso remitir al Ministerio Público la presunta vinculación de Jaime Robinson Villanueva, Mirza Raquel Gutiérrez de Robinson (hijo y esposa del diputado), Héctor Murillo y Arelys del Carmen González.