Odebrecht: la pena máxima puede ser de hasta 18 años de cárcel

Odebrecht: la pena máxima puede ser de hasta 18 años de cárcel
La juez Baloisa Marquínez.


El artículo 254 del Código Penal establece un rango de la pena de prisión por el delito de blanqueo de capitales de 5 a 12 años de cárcel. Esta sería en principio la pena aplicable a alguna de las 36 personas llamadas a juicio por el caso Odebrecht si finalmente son declaradas culpables.

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Lo que parece una lectura directa de la normativa penal y una aplicación lógica del concepto del delito y su castigo, adquiere un nuevo nivel de complejidad. En el auto mixto número 9 del 7 de noviembre de 2022, la juez Baloisa Marquínez, del Juzgado Tercero Liquidador de Causas Penales, hizo una determinación que redefine el rango de la pena de prisión en este caso.

Una petición con otro resultado

En el auto mixto 9 de 2022, la juez Marquínez calificó el sumario elaborado por el Ministerio Público (a través de la Fiscalía Especial Anticorrupción) y respondió a todos los incidentes presentados por los abogados defensores. En uno de estos incidentes, la abogada Alma Cortez pidió la prescripción de la causa contra su defendida, la empresa Importadora Ricamar, S.A.

En la página 32 del auto, la juez Marquínez responde a la petición y explica cómo se computa el término de prescripción en el sistema inquisitivo mixto. Como primer paso, la juez citó el artículo 1968-B del Código Judicial, que establece que el término de prescripción de un delito es igual a la pena máxima de dicho delito. Luego, la juez menciona el artículo 85 del Código Penal referente al “delito continuado”, que dice así: “Se considera un solo delito la infracción repetida de una misma disposición penal cuando revele ser ejecución del mismo propósito criminal. En este caso la pena se aumentará de un tercio a la mitad”.

En el caso Odebrecht, se trata de una supuesta repetición del presunto delito de blanqueo de capitales. Es decir, esta causa penal se considera como un delito continuado. Marquínez explica sobre este tema lo siguiente:”...el delito investigado tiene una pena máxima de 12 años de prisión... Al sumarle 6 años, el resultado es 18 años de prisión”. Por analogía esto se aplicaría a todos los demás casos del escándalo Odebrecht y hasta al caso Blue Apple, entre otros.

Alternativas posibles

La Ley 4 del 17 de febrero de 2017 establece una posible alternativa a los 18 años de prisión, que ahora sabemos es la pena máxima del delito de blanqueo de capitales en el caso Odebrecht.

El artículo 24 de la Ley 4 de 2017 permite que el Ministerio Público y la persona imputada puedan hacer un acuerdo de pena “antes de la celebración de la audiencia ordinaria”. Es decir, hasta el momento previo en que se desarrolle la audiencia convocada para agosto de 2023.

La otra alternativa, claro está, consiste en demostrar la inocencia absoluta de los acusados en este caso. Vale recordar que, al tratarse de un delito de blanqueo de capitales, la carga de la prueba se invierte y al acusado o acusada le corresponde probar la licitud de sus acciones.


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