Prescripción de la acción penal afecta seis casos de alto perfil

Prescripción de la acción penal afecta seis casos  de alto perfil
Algunos abogados coinciden que el exceso de ritualidades en el sistema inquisitivo lleva a que muchos casos de dilaten en exceso y prescriban. Archivo


Se cae otro caso judicial relacionado con presunta corrupción de funcionarios. Esta vez, se trata del proceso seguido a Federico José Pepe Suárez y Jorge Churro Ruiz, exministro y exdirector de administración del contratos del Ministerio Obras Públicas (MOP), respectivamente, por supuestas anomalías en el diseño y remodelación de las fases I y II del corredor Vía Brasil y del proyecto de remodelación del Casco Antiguo.

El Juzgado Primero Liquidador de Causas Penales, a cargo de Agueda Rentería, acaba de dar carpetazo al expediente, pero en lo concerniente a la investigación del delito de corrupción de funcionario, alegando que ya la acción penal prescribió. La causa se mantiene abierta respecto al otro delito investigado, que es el de peculado.

No es la primera vez que la jueza Rentería toma una decisión así.

El pasado 12 de diciembre, declaró prescrita la acción penal para 337 investigados por la compensación irregular a dueños de buses diablos rojos.

En este caso, la jueza Rentería planteó que la prescripción se produjo por la lentitud en la tramitación del caso. Es decir, señaló al Ministerio Público por la demora en la investigación.

“La prescripción implica la impunidad de un delito que ocasionó una significativa lesión patrimonial al Estado”, manifestó Rentería en el Auto Mixto No.10 del 12 de diciembre de 2022, con el que abrió causa criminal y decidió enjuiciar a los otros 198 imputados.

También ocurrió algó así con los dos investigados por presunto peculado en el caso Odebrecht. Aunque aquí la decisión la tomó otra jueza: Baloisa Marquínez, del Juzgado Tercero Liquidador de Causas Penales, que declaró prescrita la acción penal del delito de corrupción de servidores públicos, decisión que benefició a los exministros Frank De Lima (Economía y Finanzas), Demetrio Jimmy Papadimitriu (Presidencia) y Jaime Ford (Obras Públicas).

Otro de los casos de alto perfil en los que la prescripción de la acción penal impidió enjuiciar a los implicados es el que adelantó el Ministerio Público (2010) a los acusados de liberar a un grupo de narcotraficantes en la provincia de Los Santos. En esta causa, la prescripción benefició a la exfiscal de drogas de Los Santos y Herrera, Milagros Valdés, y la exjefa de recursos humanos del Ministerio Público, Eva Lorentz. Este caso generó un escándalo mayúsculo y forzó la renuncia de Giuseppe Bonissi como procurador de la Nación, en diciembre de 2010.

También ocurrió en el caso que le seguía la pista al presunto uso de recursos del Estado en la operación de un centro de llamadas (call center), que operó en la campaña política de 2014 para beneficiar al candidato oficialista de la época, que era José Domingo Arias.

Al igual que los anteriores ejemplos, se decretó prescripción de la acción penal para los exservidores públicos Giancarlo Terán, Plinio Samaniego y Rodrigo Ureña. Además, se absolvió al exviceministro de Comercio e Industrias, Luis Eduardo Camacho González, y a la exdirectora de Migración, María Cristina Gonzáles, de los cargos de peculado, tráfico de influencias y estafa.

El delito de corrupción de servidores públicos también quedó prescrito en la investigación adelantada por la Fiscalía Anticorrupción relacionada con el alquiler de helicópteros por diversas entidades públicas, a través del Programa de Ayuda Nacional (PAN). En este caso se llamó a juicio a 18 personas, pero por el delito de peculado, entre ellos varios exministros.

Todos los casos mencionados corresponden al periodo presidencial de Ricardo Martinelli Berrocal (2009-2014).

Así surge

De acuerdo con el abogado Rodrigo Noriega, autor del análisis titulado Cómo surgió la prescripción privilegiada de los casos de alto perfil, publicado en este medio, el 3 de mayo de 2021, la prescripción implica la extinción de la acción penal, es decir, después de cumplido el término de prescripción ya no se puede perseguir el delito. “La persona responsable de ese delito queda en total impunidad”, explica.

En el caso del delito de peculado, argumentó Noriega, la prescripción corresponde a la pena máxima, que en el caso de un peculado de 100 mil dólares o más, la pena es de hasta 15 años de prisión. Mientras que en el caso de los delitos de corrupción de servidores públicos y pago de sobornos, la pena máxima es de seis años de prisión, pero en este caso se aplicaría el principio establecido en la Ley 35 de 2013 (sancionada por Martinelli) y su prescripción sería a los 10 años de cometido el delito.

Reacciones

El abogado Ernesto Cedeño calificó como inaceptable la prescripción del delito en casos en los que se ocasionó un grave perjuicio al Estado. “Algunos fiscales se sientan sobre los expedientes”, manifestó. Dijo que un claro ejemplo de esta situación fueron las cientos de auditorías enviadas por el excontralor Federico Humbert al Ministerio Público, sobre millones de dólares que transfirieron diputados a las juntas comunales. Se desconoce el estatus de este proceso.

Mientras que Juan Carlos Araúz, presidente del Colegio Nacional de Abogados, relaciona la prescripción con las reglas del sistema inquisitivo que marcaron el rumbo de los casos. A su juicio, el sistema inquisitivo está lleno de ritualidades escritas que hacen que el tiempo juegue a favor de la prescripción.

Por su parte, el excontralor Alvin Weeden aseguró que el fenómeno de la prescripción de la acción penal en casos de corrupción de servidores públicos generalmente ocurre por la combinación de dilaciones por parte del Ministerio Público y del Órgano Judicial. También consideró que, en algunas investigaciones, los detalles de los hechos investigados se obtienen de manera tardía, lo que aunado a la lentitud del sistema, provoca la prescripción.


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