Un anteproyecto de ley que faculta la aplicación de un voto de censura contra funcionarios que obstaculicen las investigaciones de la Defensoría del Pueblo fue presentado este martes ante la Comisión de Gobierno y Asuntos Constitucionales de la Asamblea Nacional.
El defensor del pueblo, Eduardo Leblanc, fue quien presentó la iniciativa que tiene como objetivo −según se informó− de fortalecer el marco jurídico de la institución, alineándolo con los estándares internacionales de derechos humanos y las recomendaciones contenidas en los tratados internacionales suscritos por Panamá. Asimismo, busca cumplir con los Principios de París, adoptados por la Asamblea General de las Naciones Unidas.
La iniciativa introduce un nuevo artículo que permite someter a voto de censura a altos funcionarios que obstruyan las investigaciones de la Defensoría. Si se comprueba dicha obstrucción, el defensor podrá informar al presidente de la Asamblea Nacional, quien a su vez podrá solicitar la comparecencia de los funcionarios involucrados y emitir el voto de censura correspondiente.
Adicionalmente, la iniciativa establece que el defensor podrá intervenir como amigo del tribunal en procesos judiciales de relevancia colectiva que involucren derechos humanos. De esta manera, podrá presentar recomendaciones y observaciones en casos que tengan un gran impacto social.
Otra de las propuestas del anteproyecto es la creación de la figura de un funcionario adjunto especializado en niñez y adolescencia, con el fin de priorizar y proteger los derechos de este grupo poblacional. Este funcionario se encargará de abordar temas como la protección de derechos fundamentales, situaciones de vulnerabilidad, desarrollo integral y denuncia de abusos.
Leblanc explicó que, en 2020, el Subcomité de Acreditación (SCA) notificó a la Defensoría sobre la degradación de su acreditación a la categoría B, señalando la necesidad de adecuar su normativa a los Principios de París.
En respuesta a esta situación, el anteproyecto incluye la participación de la sociedad civil en el proceso de selección del defensor del pueblo, en cumplimiento de las recomendaciones del Comité de Derechos Humanos.