La decisión de la juez de garantías Elkis Martínez de prohibir al diario La Prensa publicar la imagen del abogado Janio Lescure, no ha dejado indiferente a la población.
“La decisión de la jueza de garantías en cuanto a prohibir el uso de la imagen en un hecho noticioso se traduce, en mi opinión, en una grave censura a la libertad de información, tratándose de reportajes periodísticos y, en este caso de un asunto de especial interés público, como lo es el estado de situación de la justicia panameña”, señaló Juan Antonio Tejada Espino, exdefensor del Pueblo de Panamá.
Tejada Espino agregó que lo decidido por la juez Martínez ubica al medio de comunicación “en un ámbito de inseguridad jurídica, al abrir el debate si el mismo y otros medios tradicionales y ahora digitales pueden o no hacer uso de imágenes de políticos o de personas de cierta relevancia en el acontecer nacional, exponiéndose a responsabilidad civil ulterior”.
Roberto Eisenmann, fundador del diario La Prensa, dijo que es la primera vez que conoce que una juez prohíbe a un medio hacer uso de una foto, de un evento noticioso.
“Es una barbaridad respecto a la libertad de prensa... Qué clase de justicia estamos creando. Es una amenaza realmente preocupante a la libertad de prensa y de opinión... La libertad de prensa no es la libertad de un periódico; es de los ciudadanos”, señaló.
“Son precedentes horrendos que se van formando. Habrá otros jueces que pensarán imitarlo y por eso es que el país entero debe rechazar esto. Este señor [Lescure] tiene casos, acusaciones públicas, y no hay razonamiento lógico de ninguna especie para una prohibición de este tipo”, agregó Eisenmann.
El abogado Carlos Ernesto González Ramírez, expresidente de la Asociación Panameña de Ejecutivos de Empresa (Apede), advirtió que, por decisiones judiciales, los fiscales se han visto obligados a encausar periodistas frente a denuncias “espurias” presentadas por “personas con poder económico y político”, que pretenden impedir el libre ejercicio de la libertad de expresión.
“Ahora, un juez se presta para impedir el derecho a la información que tenemos los ciudadanos, dándole más valor a un supuesto derecho de la víctima frente al derecho humano a la información [en un caso igual de espurio]. A lo anterior se le suma la falta de pronunciamiento de parte de la CSJ en casos fundamentales en materias de derechos humanos. Necesitamos reforzar nuestro Órgano Judicial para que se convierta en un efectivo defensor del ser humano y su dignidad”, remarcó.
Juan Carlos Araúz, el actual presidente del Colegio Nacional de abogados manifestó que se “suma” a las voces que piden excluir de la justicia penal casos de calumnia e injuria. “Las medidas cautelares sin un marco temporal y de proporcionalidad pueden terminar afectando pilares de la democracia como la libertad de expresión”, agregó.
Por su parte, Sabrina Bacal, presidenta del Consejo Nacional de Periodismo (CNP), manifestó que la decisión de la juez de garantías “es un nefasto precedente en términos de la libertad de expresión y el acceso a la información que deben tener todos los ciudadanos en una verdadera democracia”. Agregó que el CNP está atento al alcance de la decisión judicial para “poner al tanto a organizaciones internacionales que defienden la libertad de expresión”.
El pasado lunes 8 de junio, en una audiencia de afectación de derechos celebrada en el sistema penal acusatorio, la jueza Elkis Martínez ordenó a La Prensa no publicar en lo sucesivo la imagen de Lescure.
La pretensión se origina en una serie de reportajes periodísticos, en los que La Prensa reprodujo grabaciones efectuadas a Lescure por detectives israelíes en España. Las grabaciones presuntamente registran declaraciones del abogado, en las que se exponen supuestos actos de corrupción en el Órgano Judicial panameño.
Lescure solicitó en la audiencia que La Prensa retirara todas las grabaciones o extractos de estas referentes a su persona, y que estuvieran en las plataformas digitales de este medio.
La juez rechazó la solicitud de censura de las grabaciones, pero asintió a la prohibición de reproducir la imagen de Lescure, fundamentando su dictamen en el numeral 8 del artículo 332 del Código Procesal Penal, referente a la protección de las víctimas, testigos, peritos y otros intervinientes en los procesos penales.
De tolerarse este funesto precedente, los personajes políticos o las figuras de interés público podrían promover acciones penales infundadas contra medios de comunicación, periodistas y miembros de la sociedad civil, con la finalidad de obtener censura y cercenar la libertad de expresión y el derecho a la información.