“Los indultos solo proceden por delitos políticos”. Así dice el fallo de la Corte que admitió investigar al expresidente Ricardo Martinelli por los 353 indultos.
GOBIERNO ANTERIOR
Las pruebas aportadas por el Ministerio Público y la información contenida en el Decreto Ejecutivo 472 de 14 de agosto de 2014 (que anuló 353 indultos dados en el gobierno anterior), “constituyen elementos de conocimiento que sugieren la posibilidad de que se haya cometido un acontecimiento con apariencia de hecho punible, en que a su vez se ha relacionado con el diputado Ricardo Martinelli”.
Ese fue el argumento del magistrado Abel Zamorano, como ponente del fallo de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), que admitió –con el aval del pleno– una investigación a Martinelli por la presunta comisión de delito contra la administración pública, en su modalidad de abuso de autoridad.
Los indultos fueron otorgados a 353 personas a través de 18 decretos ejecutivos firmados por Martinelli y publicados en Gaceta Oficial el 25 y 30 de junio de 2014.
Meses después, el actual presidente, Juan C. Varela, emitió el citado Decreto 472 que los anuló, por considerar que los beneficiados “estaban procesados por graves delitos comunes, incluso, violaciones a los derechos humanos (...)”.
Ese mismo decreto ordenó el envío de lo actuado a la Procuraduría, para que determinara si había responsabilidad penal. La entonces procuradora Ana Belfon remitió el expediente a la CSJ.
Violó la ‘Constitución’
El fallo, al que este medio tuvo acceso, fue unánime y establece que la jurisprudencia de la CSJ ha reiterado que “los indultos solo proceden por delitos políticos”. Según el documento, hay elementos que anuncian la posible comisión del delito de abuso de autoridad e infracción de los deberes de los servidores públicos. “Se realizaron en contravención de lo dispuesto en la Constitución y las leyes”, señala.
Agrega que en tres informes del Tribunal Electoral, la Dirección de Investigación Judicial de la Policía Nacional y la CSJ se deja constancia de que ninguno de los beneficiados estaba condenado por delitos políticos antes de ser indultado. “Se omitieron los trámites necesarios para asegurar el debido proceso legal”, plantea el ponente.
Además, se indica que una de las personas indultadas fue condenada por delito electoral en el año 2007, y que para el 2 de septiembre de 2009 ya había cumplido la pena, por lo que no podía ser objeto del perdón presidencial.
“Ello permite inferir una posible falta de diligencia en la aplicación del indulto a través de los decretos ejecutivos, y sin que se haya documentado expediente alguno sobre las causas que los motivan o justifican (...)”,indicó.
Así, no se aplica a Martinelli la prerrogativa del artículo 191 de la Constitución que establece que el presidente y vicepresidente solo son responsables por: extralimitación de sus funciones constitucionales; por actos de violencia o coacción en el proceso electoral, por impedir la reunión u obstaculizar las funciones de la Asamblea Nacional y demás autoridades públicas; y por delitos contra la personalidad internacional del Estado o contra la administración pública.
Se cita el último párrafo del mencionado artículo que señala que, en los dos primeros casos, la pena es de destitución e inhabilitación para ejercer cargos públicos, lo cual es aplicable a quien esté ejerciendo el cargo de presidente. En tanto, que para el delito contra la personalidad internacional del Estado o contra la administración pública, se aplica el derecho común. “No se aplica el artículo 191 constitucional en el presente caso, por tratarse de un expresidente”, explica.
Zamorano negó una petición de archivo del caso que presentó Sidney Sittón, abogado de Martinelli, basado en que el término de 10 días para resolver la admisibilidad de la investigación, solo es aplicable cuando se trate de una querella o denuncia y, en este caso, fue un expediente enviado por la Procuraduría de la Nación.
Fuentes del Órgano Judicial explicaron que están pendientes de notificar a los abogados de Martinelli, para luego pedir el levantamiento del fuero electoral.
Con este caso, suman seis investigaciones penales a Martinelli que han sido admitidas por la CSJ.