La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia rechazó un recurso de casación contra una decisión del Juzgado Decimosexto Penal que condenó a la pena a 50 meses de prisión a los exdirectores del Consejo de Seguridad Nacional Gustavo Pérez y Alejandro Garuz por el delito de escuchas ilegales.
En un fallo con fecha del pasado 7 de marzo el tribunal rechazó un recurso de casación presentado por la defensa de Garuz y Pérez, en el que se argumentaba que sus clientes no tuvieron participación alguna en las escuchas realizadas por funcionarios del Consejo de Seguridad Nacional (CSN).
El 3 de enero de 2019, el entonces juez decimosexto penal, Enrique Pérez, sentenció a los dos exjefes del Consejo de Seguridad Nacional a 50 meses de prisión como cómplices primarios de los pinchazos ejecutados entre 2012 y 2014.
Según ese fallo, Pérez y Garuz brindaron una cooperación sin la cual los actos delictivos investigados no hubiesen podido llevarse a cabo, por lo que se probó su participación directa y dolosa. Los exagentes del CSN Ronny Rodríguez y William Pittí, señalados como autores materiales de los pinchazos, no comparecieron a este proceso y están prófugos.
En otro caso, el Juzgado Primero Liquidador de Causas Penales condenó a Pérez y al exdirector del Programa de Ayuda Nacional (PAN), Giacomo Tamburelli, a la pena de 10 años de prisión por el delito de peculado por la pérdida de un equipo para escuchas telefónicas.
El fallo con fecha del pasado 10 de marzo precisa que ambos exfuncionarios incumplieron con los deberes como directores en su momento y permitieron que ocurriera un perjuicio económico al Estado por la suma de $10.8 millones en virtud de la compra de un equipo de seguridad altamente sensible, de conformidad con la auditoría efectuada por la Contraloría General de la Nación.