La Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo de la Corte Suprema de Justicia ordenó suspender provisionalmente los efectos del Acuerdo Municipal 142, por medio del cual se establece un alza a los impuesto municipales en el distrito de Panamá.
En su pronunciamiento, emitido el 9 de febrero de 2023, la Sala Tercera de la Corte estima que la actuación demandada, por intermedio del abogado Ernesto Cedeño, pudiera ocasionar perjuicios a la colectividad.
“Pues resulta claro que el Acuerdo No. 142 del 2 de agosto de 2022, incrementa de forma directa -y en grado exponencial- los impuestos municipales que deberán pagar los contribuyentes del Distrito de Panamá, a partir del mes de enero de 2023, lo cual podría incidir gravemente en la situación económica del Municipio Capital”, se plasma el documento.
La Sala Tercera explica que esta suspensión provisional del acto administrativo en el caso bajo análisis, no constituye un adelanto de la decisión de esta instancia. Es decir, que la Sala verificará de fondo la situación para arribar a un dictamen final.
Cedeño presentó la demanda el pasado martes 7 de febrero y ese día argumentó que el acuerdo viola la ley 38 del año 2000 (que regula el procedimiento administrativo General), el cual señala en su artículo 155 que el acto administrativo debe motivarse adecuadamente.
De igual forma afirmó que no se hizo una debida fundamentación de la necesidad del aumento de los impuestos municipales. Añadió que dichos aumentos no fueron sometidos a una consulta pública, tal como lo señala la Ley 6 de 22 de enero de 2002 que dicta normas para la transparencia en la gestión pública.
Este viernes, el alcalde de Panamá, José Luis Fábrega, defendió la medida que se aprobó el año pasado. Alegó que “es un reordenamiento tributario”.
Insistió en que la medida no fue inconsulta y anunció que este miércoles se reunirá con presidenta de la Cámara de Comercio, Marcela Galindo, para explicarle el “reordenamiento tributario”.