Los bienes y cuentas de Corporación La Prensa, S.A. (Corprensa) se mantienen secuestrados, a solicitud de Ernesto Pérez Balladares, ya que el Primer Tribunal Superior no atendió una petición para levantar dicha medida cautelar, vigente desde hace tres años y cinco meses.
Corprensa solicitó la suspensión del secuestro civil, ordenado el 22 de junio de 2020, a lo que el expresidente se opuso por considerar que la sentencia no se encuentra ejecutoriada.
El pasado 16 de noviembre, el Primer Tribunal condenó a Corprensa a pagar $5,000 a Pérez Balladares en concepto del daño moral infringido por la publicación de dos notas, el 21 y 22 de marzo de 2011. El secuestro civil, en cambio, es por una concurrencia muy superior a esa cifra: de hasta $1.13 millones, sobre bienes y cuentas de la corporación.
Pérez Balladares originalmente reclamaba una indemnización de $5.5 millones. No obstante, Miguel Espino y Juan Carlos Tatis, magistrados del Primer Tribunal Superior, aunque reconocen que sí hubo una afectación a la imagen del exgobernante, sentencian que el daño se valora en $5,000.
El magistrado Carlos Pizarro salvó su voto.
Este proceso, que se ha extendido por 11 años, hasta tuvo alguna vez un fallo favorable a Corprensa: el 23 de junio pasado, la juez Decimoquinta del Circuito Civil, Lina Castro de León, negó la indemnización solicitada por Pérez Balladares y le condenó a pagar $581 mil en costas a favor de Corprensa, así como otros gastos derivados del proceso.
La juez Castro determinó que las publicaciones de La Prensa que, según el demandante, le causaron un daño moral, fueron extraídas de la vista fiscal del 28 de febrero de 2011 que elaboró la Fiscalía Especializada contra la Delincuencia Organizada, sobre los fondos provenientes de salas de juego que fueron beneficiadas con concesiones durante la administración de Pérez Balladares. Eventualmente, por este caso el expresidente fue favorecido con un sobreseimiento definitivo.
Pérez Balladares apeló la decisión de la juez, alegando que Castro ignoró sus peritajes y no evaluó un cúmulo de pruebas.
Los magistrados Espino y Tatis consideraron que el diario La Prensa realizó una publicación “que no era exacta los hechos expuestos en la investigación y en la vista fiscal ampliada”, que se le siguió a Pérez Balladares por presento blanqueo de capitales.
El magistrado Pizarro, en su escrito de salvamento de voto, indicó que en las notas demandas no se observan opiniones ni comentarios propios del medio, ya que presenta hechos vigentes en aquel momento.
“Lo comunicado a través de la nota publicada, a nuestro juicio, no alcanza la categoría de falsa, sino más bien inexacta, por tanto no puede considerarse que la publicación haya sido con animus difamandi”, remarcó Pizarro.
Contra el fallo del Primer Tribunal Superior, Corprensa presentará un recurso de casación.