El Primer Tribunal Superior de Justicia confirmó una condena contra Corporación La Prensa, S.A. (Corprensa), por una publicación acerca de Marta Linares de Martinelli, pero redujo el monto reclamado por la exprimera dama de la República, de un millón de dólares a $3 mil, en concepto de daño moral.
El Tribunal, conformado por los magistrados Miguel Espino (ponente), Yira Bernal y Juan Carlos Tatis (estos dos últimos, actuando en su condición de suplentes especiales), también condenó a Corprensa y a los periodistas Olmedo Rodríguez y José González Pinilla, a pagar $750 en concepto de costas.
Aunque la demandante reclamaba una indemnización de un millón de dólares, “se considera que no fue probado daño material alguno”, señala el fallo de los magistrados Espino, Bernal y Tatis. Si bien menciona que la noticia supuso un “desmedro” de la reputación de la demandante, el Tribunal resalta que no se aportó un desglose sobre la distribución de los daños y el monto exigido por cada uno, por lo que no fue posible determinar en qué consiste el millón de dólares pretendido.
“No fueron aportadas siquiera facturas de los gastos por atención médica psiquiátrica en los que la demandante haya incurrido”, menciona el fallo.
De los dictámenes aportados tampoco se desprende que la demandante tuvo alguna afectación económica producto de la circulación de la noticia. “Inclusive, en sus declaraciones de renta, sus ingresos fueron superiores a los de años anteriores”, expresaron los magistrados en su fallo.
La demanda civil guarda relación con una nota en inglés, publicada el 11 de febrero de 2016 en el sitio prensa.com, en el que se informó sobre la indagatoria que aquel día rindió Rafael Guardia Jaén, director del Programa de Ayuda Nacional (PAN) en una parte del gobierno de Ricardo Martinelli (2009-2014), sobre irregularidades en la compra de unas bolsas navideñas que fueron destinadas al despacho de la primera dama. En aquel momento, por este caso, la Fiscalía Anticorrupción solicitó levantar el fuero electoral penal de la exprimera dama.
El 17 de abril de 2019, el Juzgado Decimosexto de Circuito Civil condenó a Corprensa, pero rechazó la indemnización de un millón de dólares pretendida por la demandante. En su lugar, ordenó pagar $25 mil en concepto de indemnización y $6 mil en costos del proceso. Esta decisión fue apelada por ambas partes, lo que da como resultado el fallo del Primer Tribunal del pasado 24 de junio, que mantuvo la condena, pero redujo la indemnización aún más, esta vez a $3 mil.
Los magistrados Espino, Bernal y Tatis explicaron en su fallo por qué se redujo el monto reclamado por la exprimera dama.
“Tomando en cuenta que no fue probado un daño material y que no es admisible que la reparación por daños morales se convierta en fuente de un enriquecimiento sin causa, como ya lo ha expresado la Corte en sendos fallos, este tribunal estima que la condena exigida por la demandante, como la impuesta por la juzgadora de primera instancia, sobrepasa la realidad de lo que las pruebas permiten deducir en este caso”, señala el fallo.
Los magistrados también sostienen que posteriormente se conoció que la información publicada carecía de veracidad, pero reconocen que la noticia publicada el 11 de febrero de 2016 no contiene alguna valoración o juicio sobre la exprimera dama.
La defensa de Corprensa alegó en todo momento que no se pudo probar la “real malicia” de la publicación o de los autores de la nota, criterio que constituye el parámetro establecido por la Corte Interamericana de los Derechos Humanos para determinar la responsabilidad civil de los medios de comunicación por sus publicaciones.
No es la única acción emprendida por Marta Linares de Martinelli en contra de Corprensa y sus periodistas. Antes, presento una demanda “de protección de familia”, con la que la exprimera pretendía impedir que se informara sobre los procesos judiciales del expresidente Martinelli y los hijos de la pareja (Ricardo Alberto y Luis Enrique Martinelli Linares), condenados en Estados Unidos por conspirar para blanquear sobornos de Odebrecht.
El 22 de junio de 2020, la jueza Alba E. Flores Musmanno, titular del Juzgado Segundo Seccional de Familia del Primer Circuito Judicial de Panamá, rechazó la demanda, por considerar que el derecho a la imagen no había sido vulnerado, dado que lo divulgado por este diario era de interés público y no tenía vinculación con la vida íntima de la familia Martinelli Linares.