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Tribunal no admite amparo de Mario Martinelli en caso granos del PAN

Tribunal no admite amparo de Mario Martinelli en caso granos del PAN
Mario Martinelli.

El Primer Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial no admitió un amparo de garantías presentado por Mario Martinelli, quien enfrenta un proceso por la supuesta comisión del delito de peculado a través de la compra irregular de bolsas de granos con fondos del extinto Programa de Ayuda Nacional (PAN).

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Caso granos: estos son los nueve beneficiados con la prescripción del delito de corrupción

La decisión del tribunal fue adoptada el pasado 28 de febrero, pero recién se conoció este jueves 6 de marzo, cuando fue divulgada a través de un edicto.

El amparo, presentado por los abogados defensores Pedro Meilán y Joel Hernández Arosemena, iba dirigido contra la juez Águeda Rentería.

Tribunal no admite amparo de Mario Martinelli en caso granos del PAN
Amparo de Mario Martinelli.

Esta investigación se inició en agosto de 2014, cuando el diputado panameñista José Luis Varela reveló en una entrevista televisiva la supuesta existencia de sobrecostos en las compras de arroz con fondos del PAN.

Según la declaración de Varela, el PAN adquirió el quintal de arroz a $80, cuando en el mercado local costaba $25. Eso fue confirmado en un informe de auditoría de la Contraloría General de la República en 2015, reveló que se pagaron precios más altos que los establecidos por el Instituto de Mercadeo Agropecuario (IMA) y que se desconocía el destino final de los granos, entre otros aspectos.

En el proceso se han nombrado a más de 40 personas, entre ellas Rafael Guardia Jaén, exdirector del PAN; Abraham Williams, quien fue jefe de compras de esa entidad, y Mario Martinelli, comerciante y hermano del expresidente Ricardo Martinelli (2009-2014), quien gobernaba cuando se cometieron los hechos investigados.

De acuerdo con el abogado Joel Hernández Arosemena, el llamamiento a juicio de Mario Martinelli viola el artículo 31 de la Constitución, que establece el principio fundamental de “tipicidad en materia penal”.

“En este caso, el delito de peculado solo puede ser cometido por un servidor público. Es una exigencia o elemento esencial del tipo penal. Y el señor Mario Martinelli no fue ni nunca ha sido servidor público, por lo que es jurídicamente imposible que pueda cometer ese delito”, afirmó.

Aseguró que, en el informe de la Contraloría sobre este caso, “ni siquiera se mencionó al señor Mario Martinelli” y que el Tribunal de Cuentas “lo excluyó totalmente de responsabilidad patrimonial en este caso”.

La juez Rentería no le dio la razón.


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