El Primer Tribunal Superior de Justicia no admitió un amparo de garantías constitucionales presentado por la defensa del expresidente Ricardo Martinelli (2009-2014), dentro del proceso que se le sigue por presunto blanqueo de capitales en la compra de Editora Panamá América, a través de la sociedad New Business.
El fallo, bajo la ponencia de la magistrada Melina Robinson, mantiene la orden de indagatoria expedida por la Fiscalía Especializada contra la Delincuencia Organizada.
Según el fallo, la defensa de Martinelli no sustentó con claridad los argumentos sobre la ilegalidad de la orden emitida por la fiscalía.
El recurso señala que la orden de indagatoria era ilegal, ya que se produjo cuando Martinelli era diputado del Parlamento Centroamericano y, por ende, el Ministerio Público no tenía competencia para investigarlo.
El fallo precisa que en este caso el amparo no fue propuesto directamente contra la orden de indagatoria emitida por la Fiscalía Especializada contra la Delincuencia Organizada, sino contra la resolución del Juzgado Tercero Liquidador de Causas Penales que rechazó un incidente de controversia contra la medida de la fiscalía; la acción de amparo -alega el Primer Tribunal- debió dirigirse contra la acción original expedida por el fiscal.
Este caso se encuentra pendiente de que la Corte Suprema de Justicia resuelva una apelación a un amparo de garantías constitucionales, que presentó la fiscalía contra una decisión del Primer Tribunal de Justicia que ordenó declarar nula la primera audiencia realizada el pasado 27 de enero, que se suspendió luego que Martinelli alegó tener fuero electoral penal y se dictara la ruptura procesal en su caso y en el de los hermanos David, Daniel y Dina Ochy, que no fueron notificados de la audiencia.
La decisión del Primer Tribunal Superior ordenó a la jueza Tercera Liquidadora de Causas Penales, Baloisa Marquínez, anular todo lo actuado en la audiencia de enero pasado, tras determinar que las rupturas procesales dictadas en el caso de los Ochy no eran procedentes
.A pesar de esta situación, el pasado 5 de julio el juzgado realizó la audiencia preliminar y se acogió al término de 30 días para emitir concepto.