Una negligencia produjo la explosión en el PH Costa Mare

Una negligencia produjo la explosión en el PH Costa Mare
La explosión ocurrida en el P.H. Costa Mare, el pasado 31 de mayo de 2019 fue ocasionada por el manejo de personal no idóneo del sistema de suministro de gas.


Personal no idóneo manejó el suministro de gas. Esta fue la principal causa de la explosión en el apartamento número 2 de la torre 7 del PH Costa Mare, ubicado en el corregimiento de Juan Díaz, en la capital, suceso que ocasionó la muerte del niño Marcelo Muñoz Lima y lesiones a su madre y hermano mayor. El hecho ocurrió el 31 de mayo de 2019.

Así lo determinó un tribunal de juicio la noche del pasado miércoles, cuando dictó un veredicto de culpabilidad por el delito de homicidio culposo para Heriberto Polo Garzón, Abraham Pinto y la sociedad Mts Administración Total, S.A.

De acuerdo con la investigación adelantada por la Fiscalía de Homicidio y Femicidio, Polo, como administrador del PH, ordenó a Pinto manipular las llaves del paso del gas, cuando este último no era idóneo para realizar ese tipo de labores.

Según las investigaciones, eso originó una acumulación de gas que a las 9:45 p.m. del 31 de mayo del 2019 explotó. El hecho ocasionó la muerte de Marcelo, de 10 meses de edad, y quemaduras a su hermano Miguel Ignacio, de 5 años de edad, y su madre Karina Lima.

Miguel y Karina fueron enviados a centros hospitalarios en Estados Unidos, para ser atendidos por especialistas, debido a la gravedad de sus lesiones. Ambos permanecieron durante meses en tratamientos en hospitales y la recuperación fue muy lenta, ardua y dolorosa.

Durante el juicio se evacuaron testimonios de residentes del edificio y vecinos, quienes relataron que la fuerza de la explosión fue de tal magnitud que rompió ventanas de otros apartamentos y provocó la caída de lámparas y otros objetos.

El fiscal de Homicidio y Femicidio, Jorge Ferguson, explicó que la teoría del caso presentada por el Ministerio Público probó ante el tribunal que hubo un manejo del equipo de suministro del edificio por personal no idóneo y que no cumplió con los procedimientos requeridos.

Ferguson explicó que la apertura de las llaves de gas del apartamento se realizó a pesar de las advertencias de vecinos y de la propia seguridad del PH de la existencia de un fuerte olor a gas en todo el sector.

Alegó que incluso se probó que hubo falencias de la empresa encargada de la administración del PH en la contratación de personal para atender aspectos relacionados con la tuberías de gas.

El fiscal recalcó que esta situación fue confirmada por un informe pericial elaborado por el Cuerpo de Bomberos de Panamá, en el que se detalló que solo personal idóneo y debidamente certificado puede realizar trabajos de verificación de tuberías para el suministro de gas.

También compareció un especialista del Instituto Nacional de Formación y Capacitación para el Desarrollo Humano (Inadeh), quien confirmó que estos trabajos deben ser realizados por un plomero certificado y no por un electricista o profesional de otra rama.

Los condenados pueden enfrentar penas que van de 3 a 6 años de prisión.

Además, la fiscalía solicitó la suspensión de la licencia de operación de la empresa encargada de la administración del PH.

El fiscal Ferguson estimó que la condena debe servir como punto de inflexión para el cumplimiento de las normas de seguridad relacionadas con el suministro de gas en los hogares.

El tribunal de juicio, compuesto por Viterbo Quintero, Leyra Terán y José Madrid, leerá la sentencia el próximo 28 de abril y entonces se conocerá las penas a los culpables.


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