‘Su vida no está en peligro’

‘Su vida no está en peligro’


El arresto domiciliario del separado magistrado de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) Alejandro Moncada Luna, investigado por enriquecimiento injustificado y otros tres delitos, “no vulnera o hace que peligre su integridad física, mental o

moral”.

Así lo concluyó el pleno de la CSJ en el fallo del 12 de febrero pasado que resolvió un hábeas corpus presentado por la defensa legal de Moncada Luna y que declaró legal la detención domiciliaria que cumple en su vivienda, el apartamento 26 de la torre B, edificio Ocean Sky, en Coco del Mar, San Francisco.

Sin embargo, la CSJ le otorgó permiso para acudir todos los días, por una hora, al área social del edificio custodiado por un policía.

El fallo tuvo como ponente al magistrado Jerónimo Mejía.

Desde el 20 de octubre pasado, Moncada Luna es investigado por la Asamblea Nacional, luego de que este medio revelara que compró dos apartamentos valorados en $1.7 millón. Además de enriquecimiento injustificado, se le acusa de lavado de dinero, corrupción y falsedad.

Informes clave

Mejía sustentó su decisión en dos evaluaciones hechas a Moncada Luna por el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses (Imelcf) los días 27 de enero y 4 de febrero de este año.

En la primera evaluación tres médicos generales del Imelcf concluyeron que Moncada Luna padece de hipertensión arterial crónica, la cual es tratada por un cardiólogo y toma dos pastillas.

“La hipertensión arterial crónica del magistrado suspendido Alejandro Moncada Luna puede ser tratada de forma ambulatoria en su domicilio, siguiendo las recomendaciones terapéuticas dadas por su médico tratante”, indicó el informe.

Luego se le hizo una evaluación psiquiátrica y psicológica que determinó que no padece afecciones mentales que requieran tratamiento.

“La respuesta emocional que presenta Moncada Luna es esperada para todas las personas que atraviesan un evento que afecta su libertad y su honor. Es una manifestación afectiva comprensible y no es una enfermedad o trastorno mental, por lo tanto no amerita tratamiento”, señaló el informe de las dos psiquiatras.

Esas evaluaciones médico-legales fueron realizadas por petición del magistrado Mejía, luego de que Enrique Domínguez, abogado de Moncada Luna, pidiera el reemplazo de la detención domiciliaria alegando que se ha agravado la salud de su cliente al estar encerrado en su casa por más de tres

meses.

Reglas de reclusos

Para darle el beneficio de acudir una hora al día al área social, Mejía se basó en las reglas mínimas para el tratamiento de los reclusos, contenida en la ley 55 de 2003 que reorganiza el Sistema Penitenciario.

En el fallo se explica que toda persona cuya libertad es restringida tiene derecho a realizar ejercicios físicos al aire libre por un tiempo mínimo de una hora.

“Esta medida es cónsona con la situación de todo privado de su libertad, pues hasta quienes se encuentran en un centro penitenciario tienen ese derecho y no existe razón para impedirle que salga de su apartamento y se dirija al área social del edificio para que pueda ejercitarse, estar al aire libre y tomar sol”, señala el fallo.

El pasado viernes, Moncada Luna manifestó a través de su abogado que la decisión de la CSJ “es humillante” y por lo tanto no piensa salir de su apartamento.

Además de Mejía, el fallo lo firmaron los magistrados Harley Mitchell, Abel Zamorano, Oydén Ortega, José Ayú Prado, Víctor Benavides, Hernán de León, Harry Díaz y Luis Ramón Fábrega. El diputado fiscal Pedro Miguel González tiene el próximo 20 de febrero para concluir la investigación y decidir si pide el llamamiento a juicio de Moncada Luna. Las juezas de garantías, las diputadas Katleen Levy, Zulay Rodríguez y Ana Matilde Gómez, deben decidir si piden juicio para Moncada Luna.

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