Aun cuando los camiones de la empresa Transcaribe Trading (TCT) bloquearon las entradas de la sede de Corporación La Prensa, S. A. (Corprensa) el 2 y 3 de agosto de 2012, el Tribunal de Apelaciones y Consultas de Panamá concluyó que no hubo un atentado a la libertad de prensa, porque el diario pudo circular.
Este es el argumento que sustenta el fallo dictado el 6 de este mes por el Tribunal de Apelaciones, que confirmó el archivo definitivo del proceso seguido a cinco colaboradores de TCT por el bloqueo.
La decisión se dio al resolver una apelación presentada por Corprensa, tras un fallo del Juzgado Segundo Municipal que dictó un sobreseimiento definitivo del caso.
La resolución del Tribunal (encargado de resolver las apelaciones de los juzgados municipales) tuvo como ponente al juez cuarto penal suplente, Agustín Ortiz, y fue apoyado por la jueza sexta penal, Luzmila Jaramillo.
En tanto, el juez quinto penal, Enrique Paniza, emitió un salvamento de voto por considerar que se debió revocar el sobreseimiento dado por el Juzgado Segundo Municipal.
LOS HECHOS
La noche del 2 de agosto y la madrugada del 3 de agosto de 2012, la sede de Corprensa fue bloqueada por más de 20 camiones de TCT, con la intención de impedir la circulación de los periódicos La Prensa y Mi Diario.
En la mañana del 3 de agosto trabajadores de TCT protestaron frente a Corprensa con pancartas y altoparlantes, aunque esa vez no bloquearon los accesos con camiones.
Los periódicos pudieron salir, porque personal de la corporación, junto con representantes de la sociedad civil, realizaron una cadena humana para pasar los bultos de mano en mano.
Al lugar también llegaron el entonces presidente, Ricardo Martinelli; acompañado de quien en ese momento presidía la Asamblea Nacional, Sergio Gálvez. Al observar la turba, ambos se retiraron.
Las acciones se dieron luego de que varias publicaciones de este medio revelaran que TCT, propiedad de los hermanos David y Daniel Ochy, obtuvo contratos por más de $400 millones en el gobierno de Martinelli, para la construcción de infraestructuras públicas.
Dos de estas obras fueron la ampliación y rehabilitación de los 20.8 kilómetros de la carretera Arraiján–La Chorrera, valorada en $152.6 millones; y la carretera de 38 kilómetros entre Puerto Armuelles y Paso Canoa por valor de $114 millones. Otra publicación, del 17 de julio de 2012, dio a conocer que David Ochy logró que un grupo de extrabajadores de la Cooperativa de Servicios Múltiples de Puerto Armuelles (Coosemupar) le cedieran 706 hectáreas de tierra en Barú, para producir plátanos y lograr una ganancia anual estimada en $18 millones. El negocio se dio por medio de la empresa ASTBarú–Pana Plátano, en la que Ochy invertiría $5.5 millones.
Ochy negó en su momento estar detrás de las manifestaciones, pero sí advirtió de las intenciones de los trabajadores de su empresa.
“Si no le das la página principal al empresario que te está hablando, no te van a soltar. No te van a soltar. Yo los conozco”. “¿Tú tienes idea de lo que hicieron los campesinos de Barú? Les tuve que llamar y decirles que se calmaran”, indicó.
En cuanto a los terrenos, señaló: “yo no soy el dueño de las tierras, yo no soy el dueño de la planilla de Barú. Son los trabajadores. Ellos son los que dicen qué van a pagar. Yo soy el inversionista, el que pone la plata y ve que todo esté correcto y que la inversión mía no se pierda”.
Sin embargo, en el expediente consta la declaración jurada de Samuel Long, quien identificó a David Ochy Diez como “la persona que dio la orden de ejecutar el delito querellado y estuvo presente al momento que el mismo se ejecutaba”.
El 19 de noviembre de ese mismo año, el entonces procurador José Ayú Prado –hoy presidente de la Corte Suprema de Justicia– le formuló cargos por delito contra la libertad de prensa a cinco trabajadores de TCT.
Luego, la personera cuarta municipal, Maribel Concepción, concluyó la investigación pidiendo el sobreseimiento definitivo el 28 de febrero de 2013.
El juez segundo municipal, Leslie Loaiza, dictó un fallo acogiendo la solicitud de la personera Concepción y archivó el caso el 27 de agosto de 2014.
Después de esta decisión, Loaiza pasó al Juzgado Decimoquinto de Circuito Penal, cargo que ejerce actualmente.
LA DECISIÓN
En el fallo –al que este medio tuvo acceso–, el juez suplente Ortiz alega que no hubo dolo, porque no se probó que la intención de los acusados “haya sido impedir la publicación o circulación del diario La Prensa y Mi Diario”.
Según Ortiz, no se reportaron actos hostiles o violentos de los manifestantes cuando se hizo una cadena humana para evacuar los periódicos impresos.
“[No basta] con que los imputados hayan colocado los camiones en las inmediaciones de la Corporación La Prensa para concluir que hubo atentado a la libertad de prensa y por ende un delito”, concluyó el juez.
Ortiz justificó el actuar de los trabajadores de TCT al considerar que actuaron “con el convencimiento de ejercer el legítimo derecho a la protesta pacífica (...) toda vez que el derecho de protesta o reunión con el consecuente derecho a réplica tienen igual protección constitucional”. Basado en eso, el juez determinó que para que se haya dado el delito contra la libertad de prensa debió haber un resultado, que era la no circulación de los periódicos.
EN CONTRA
El juez Paniza no apoyó la decisión de Ortiz y salvó su voto. “Los hechos, tal como sucedieron, indican sin duda alguna que la intención de los colaboradores de la empresa denunciada era la de impedir que la edición del periódico La Prensa del jueves 2 de agosto de 2012 saliera a la venta y que es por la intervención de las autoridades que se logra movilizar los vehículos utilizados para este fin”, dijo Paniza.
Argumentó que hubo una tentativa de cometer el delito contra la libertad de prensa, porque el periódico logró salir a la luz pública por la intervención de las autoridades “y no por la voluntad de los colaboradores de (TCT)”. Paniza manifestó que lo procedente era revocar el sobreseimiento definitivo.
No obstante, no especifica si se debía llamar a juicio a los acusados y en su lugar cita el segundo párrafo del artículo 2210 del Código Judicial, que habla del sobreseimiento provisional, y la ley de protección a las víctimas.
Cuando el sobreseimiento es provisional, permite la reapertura del caso si se aportan nuevas pruebas.
GREMIOS SE PRONUNCIAN
El Consejo Nacional de Periodismo (CNP) emitió un comunicado, en el que rechaza el fallo del tribunal.
“Entre los estatutos del CNP se consagra defender y promover la libertad de expresión y el derecho a la información; por tal motivo, nos mostramos solidarios con la Corporación La Prensa”, indica el comunicado.
El CNP instó a los medios de comunicación social a mantenerse vigilantes para que no vuelvan a repetirse actos como los sucedidos el 2 de agosto de 2012, “en que se vulneró el sagrado derecho a la información”.
Aclaró que como gremio respeta el Estado de derecho y las decisiones emanadas de los tribunales de justicia. Sin embargo, indicó: “no podemos callar ante quienes propician prácticas intimidatorias en contra de empresas periodísticas y la libertad de expresión”.
Otro gremio que rechazó la decisión fue el Colegio Nacional de Periodistas, que a través de su presidenta, Blanca Gómez, dejó claro que no se pueden consentir situaciones como estas, que se dieron en el gobierno anterior.
“[La Prensa] es un medio de comunicación muy representativo del país, ellos bloquearon las entradas y las salidas de las instalaciones del diario para evitar su circulación y no podemos permitir que esta situación vuelva a ocurrir”, dijo.
Gómez manifestó que con el fallo se manda un mensaje negativo a los principios que defiende el gremio de periodistas, como son la libertad de expresión y de opinión.
}“Como Colegio no tenemos más que censurar y respaldar cualquier acción que el diario La Prensa decida de aquí en adelante frente a este hecho y máxime cuando este fue un delito a la vista pública cometido por los personajes que estuvieron allí presentes”, advirtió.
En tanto, Carlos Gasnell, de Transparencia Internacional, señaló que “el ejercicio de un derecho fundamental [protesta] no debe impedir el derecho de otro derecho fundamental [libertad de prensa]”.
Sugirió que las instancias superiores judiciales analicen con más detenimiento este caso, para que no quede como un precedente permisible en democracia.
Annette Planells, del Movimiento Independiente (Movin), dijo que “es una gran desilusión, que alimenta la desconfianza en la justicia en Panamá, cuando hubo una acción obvia, malintencionada contra la libertad de expresión, y ahora no va haber ningún tipo de sanción para los culpables”.
(Con información de Eduardo Mendoza y Gustavo Aparicio)