Los regímenes de control fiscal de precios de transferencia en América Latina han sido objeto de continuas reformas que persiguen la protección de los ingresos tributarios de los Estados frente a las planificaciones fiscales agresivas diseñadas y aplicadas por los grupos multinacionales. En el 7° Congreso Internacional de Derecho Tributario organizado por el Tribunal Administrativo Tributario (TAT) conversamos sobre las perspectivas de precios de transferencia de la región dado el interés que suscita esta materia.
En este sentido, en la región estas perspectivas deben concentrarse en las acciones del “Marco Inclusivo” del Proyecto Contra la Erosión de la Base Imponible y el Traslado de Beneficios de la OCDE, qué diversos Estados han implementado de manera gradual como han sido el caso de la “Acción 13: Documentación sobre precios de transferencia e informe país por país” y la “Acción 5: Combatir las prácticas fiscales perniciosas, teniendo en cuenta la transparencia y la sustancia”.

Estas reformas a las normativas de los países, en consonancia con las acciones propuestas, han traído como consecuencia la estandarización de la documentación comprobatoria de los grupos multinacionales, así como la sujeción de los precios de transferencia en los regímenes fiscales preferentes.
Adicionalmente, algunos países han incorporado la acción 4 del Proyecto BEPS de la OCDE, con la finalidad de limitar las deducciones por intereses en función de la razón financiera basada en las ganancias gravables antes de deducir los gastos netos por interés, depreciación y amortización (Ebitda).
Con la adopción de estas acciones, además del aumento de las auditorías de precios de transferencia en estructuras con partes relacionadas sin sustancia económica, reembolsos de gastos, servicios intragrupo, transacciones financieras, intangibles y reorganizaciones empresariales, se puede esperar también qué los precios de transferencia continuarán siendo un tema de relevancia en los foros tributarios.


