La Corte Suprema de Justicia de Costa Rica votó el miércoles 8 de agosto de 2018 a favor de habilitar el matrimonio igualitario.
En una larga sesión, la Sala IV fijó un plazo de 18 meses para que entre en vigencia el matrimonio entre personas del mismo sexo.
En dicho periodo, la Asamblea Legislativa deberá adecuar la legislación en esta materia, reportó el diario La Nación.
Hasta que se cumpla ese periodo, permanecerá vigente en Costa Rica el inciso 6 del artículo 14 del Código de Familia, que prohíbe el matrimonio igualitario.
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El presidente de la Sala Constitucional, Fernando Castillo, detalló que, por mayoría (seis a uno), ese tribunal analizó dos recursos presentados ante esa instancia, donde declaró que las leyes eran inconstitucionales.
Esto, en consonancia con una opinión consultiva de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) notificada a Costa Rica en enero pasado.
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A través de esta opinión consultiva, la Corte IDH emitió conceptos sobre la identidad de género e igualdad y la no discriminación a parejas lesbianas, gais, bisexuales y transexuales (LGBT).
Castillo explicó, en conferencia de prensa, que si la Asamblea Legislativa no logra concretar una regulación en esos 18 meses, automáticamente quedará habilitado el matrimonio entre homosexuales, ya que la sala dejó establecida claramente la inconstitucionalidad de la legislación actual.
"Si el parlamento no actúa, de acuerdo con el voto, ese artículo (de Código de Familia) perdería vigencia, dejaría de existir, y si no hay prohibición, está autorizada la posibilidad que puedan contraer matrimonio (los homosexuales)”, agregó Castillo.
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