Uno de los debates más significativos para la nación panameña es la reforma a la Constitución Política, por lo cual me interesé por escribir, reconociendo por un lado que no es un tema reservado al Estado, a los abogados o especialistas, sino que todos podemos participar de distintas formas y, por otro lado, el deber de orientar en el tema.
Para Cabanellas, una Constitución es un “acto o decreto fundamental en que están determinados los derechos de una Nación, la forma de su gobierno y la organización de los poderes públicos de que este se compone”. Panamá ha tenido cuatro constituciones: 1904, 1941, 1946 y 1972, esta última fue aprobada por la Asamblea Nacional de Representantes de Corregimiento, está vigente y sobre ella existen propuestas de cambios contenidas en el borrador de reformas constitucionales del Consejo de la Concertación Nacional para el Desarrollo (CCND).
Nuestra Constitución está estructurada en 15 títulos y 328 artículos, precedidos por un preámbulo que recoge los fines supremos del Estado: fortalecer la Nación, garantizar la libertad, asegurar la democracia y la estabilidad institucional, exaltar la dignidad humana, promover la justicia social, el bienestar general y la integración regional. El preámbulo representa los principios y valores que sustentan la nación y son una guía para el quehacer estatal y las modificaciones al texto.
La Constitución, según César Quintero, tiene tres partes: la orgánica, la dogmática y la cláusula de reforma. La orgánica, organiza las diferentes ramas o departamentos del Gobierno, la dogmática se relaciona con los derechos y garantías individuales y la cláusula de reforma, que establece cómo puede y debe modificarse o enmendarse la Constitución. De atender esta división, hay propuestas de cambios para las tres partes en la Constitución Política de Panamá.
Un notable ejemplo de cambio sugerido a la parte orgánica gira en torno al nombramiento de los magistrados de la Corte Suprema de Justicia, en tanto que para la parte dogmática el tema de la paridad en las postulaciones a los cargos de elección popular se presenta para el sufragio, y para la cláusula de reforma, la iniciativa para proponer reformas constitucionales por un Tribunal Constitucional.
Recuerda, está en proceso la discusión para reformar la Constitución Política, tenemos el deber de leerla, conocerla y aportar, enviando por escrito al CCND o a las entidades que lo integran, así como a recibir información sobre lo presentado.
La autora es abogada y docente universitaria