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Atajos y defensa de nuestra neutralidad

Panamá debe tener muy presente la defensa jurídica y académica que nos ampara bajo el Tratado de Neutralidad. De manera tal que, al cerrarle a Estados Unidos todos esos atajos que utiliza para vociferar que estamos violando ese pacto, se compruebe que sus argumentos solo se sustentan en la amenaza y el uso ilícito de la fuerza. Recordemos que a los tratados firmados el 7 de septiembre de 1977 se les adicionaron, de parte del Senado estadounidense, enmiendas, condiciones, reservas y entendimientos que mediatizaron las posibles conquistas logradas con aquella rúbrica.

Por lo tanto, la intención de este escrito es verificar que hoy, a pesar del menoscabo sufrido, Panamá tiene la suficiente fuerza normativa para evitar que Estados Unidos pretenda siquiera sugerir que estamos violando dicho acuerdo de neutralización.

En primer lugar, mediante la Condición 1 o Reserva DeConcini, Estados Unidos podrá, individualmente, tomar las medidas que considere necesarias, de conformidad con sus procedimientos constitucionales, incluyendo el uso de la fuerza militar para ocupar la República de Panamá. Sin embargo, esa norma declara que dicha acción se ejercería solamente si el canal fuese cerrado o su funcionamiento intervenido. Si estas condiciones no existen, Estados Unidos violaría el pacto de neutralidad al activarla.

Adicionalmente, el Entendimiento 2 señala que, para mantener el régimen de neutralidad, según lo establecido en el artículo IV del tratado, Estados Unidos (al igual que Panamá), de acuerdo con sus procedimientos constitucionales, puede “tomar acción unilateral” para defender el canal contra “cualquier amenaza”, según ellos lo determinen. Es importante destacar que este Entendimiento 2 no incluye el uso de fuerza militar (a diferencia de la Reserva DeConcini), porque el espíritu del tratado es la neutralización desarmada, de acuerdo con el artículo V, por el que solo la República de Panamá manejará el Canal y mantendrá fuerzas, sitios de defensa e instalaciones militares para garantizar el régimen de neutralidad.

Si bien es cierto que la frase “cualquier amenaza” es amplia, esas amenazas que pretenda usar Estados Unidos como justificación para tomar acción unilateral para defender el canal de Panamá, según lo establece la norma, deben ser justificadas. Por ejemplo, el actual gobierno de Estados Unidos insiste en que la presencia china, a través de concesiones otorgadas para manejar puertos panameños en las riberas Atlántico y Pacífico del canal de Panamá, o de la construcción del cuarto puente sobre el canal a cargo de empresas chinas, le permite al gigante asiático tener injerencia en la zona canalera, poniendo en riesgo la seguridad nacional y los intereses estadounidenses, lo que, a su vez, les lleva a argumentar que Panamá está violando el acuerdo de neutralidad. Adicionalmente, el coloso del norte ha dicho que también está siendo víctima de tarifas excesivas de parte de Panamá en el paso de sus buques.

Como el tema es jurídico-académico, me refiero a las palabras de Eugene Kontorovich, profesor de la Universidad George Mason e investigador senior para la Fundación Heritage, quien participó en las audiencias del Senado. Sobre la posible violación de Panamá al Tratado de Neutralidad, dijo que la información es “confusa” y que “no se puede decir claramente” que se trata de una violación. Es decir, el experto no pudo comprobar que Panamá esté violando la neutralidad del Canal por el hecho de que los puertos de Balboa y Cristóbal se hayan concesionado a empresas chinas.

Sobre el tema de las tarifas, declaró Kontorovich que los cargos y los peajes “no son un problema” porque Panamá “no discrimina entre países”, agregando que no hay discriminación por nacionalidad. Nuevamente, esto libera a Panamá de estar violando la neutralización del canal, ahora en el tema tarifario.

En cuanto al uso de la fuerza militar, aunque Kontorovich afirma que Estados Unidos está autorizado para ejercerla, agregó que es para remover amenazas a la neutralidad del canal, pero que “no provee una base para la reconquista del canal de forma permanente”. También dijo que, de ser cancelado el tratado unilateralmente por Estados Unidos, “no hay sustento que ampare en el derecho internacional la devolución de la jurisdicción de un territorio soberano a otro Estado, más allá del uso de la fuerza militar”. Es decir, no hay posibilidad jurídica para que Estados Unidos retome el Canal de Panamá, más allá del uso ilícito de la fuerza.

También lo señaló Daniel Maffei, de la Comisión Marítima Federal (FMC), quien dijo: “Algunos senadores no están preocupados porque uno de los puertos más grandes de Reino Unido está controlado por la misma empresa [Hutchison Ports]. O como el puerto de Pireo, en Atenas, uno de los más grandes del Mediterráneo, es administrado por una empresa china”. Añadió Maffei que Hutchison Ports tiene presencia en 24 países alrededor del mundo, manejando incluso el canal de Suez en Egipto.

En conclusión, Estados Unidos no demostró en aquella audiencia de la Comisión de Comercio del Senado que existan esas “amenazas” que justifiquen tomar acción unilateral (y mucho menos militar) para defender el Canal. Tampoco el Tratado de Neutralidad está diseñado para proteger su comercio y seguridad internos. Su obligación es garantizar el mantenimiento del régimen de neutralización del Canal y no sus propios intereses geopolíticos.

El autor es abogado.


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