En septiembre pasado se realizó el estreno mundial de la película Argentina 1985, que rescata del olvido las memorables jornadas judiciales lideradas por el fiscal Julio César Strassera y que culminaron con la condena de los miembros de aquella miserable junta militar responsable de torturas, asesinatos y 30 mil desaparecidos.
El llamado “Juicio a las Juntas” fue un caso excepcional de la historia de la región e incluso del mundo, ya que se trató de un tribunal civil que, apoyado por un gobierno democrático y recientemente elegido, logra llevar a juicio y condenar a mandos militares.
Si bien son muchos los que tuvieron papeles destacados en este proceso -el presidente Raúl Alfolsín, la Comisión Nacional sobre la Desaparición de Personas presidida por el escritor Ernesto Sabato y su informe “Nunca más”, los valientes testigos, etc.- la valentía y decisión del fiscal Strassera y su equipo fue trascendental. Al decir de Luis Moreno Ocampo, quien fue el fiscal suplente del caso, “Strassera fue un verdadero héroe, simplemente por haber hecho su trabajo”.
Todo lo anterior viene a cuento en nuestro particular entorno de deterioro institucional, falta de transparencia en el manejo de los recursos públicos y erosión de la vida democrática, por el importante papel que debe jugar la justicia para impedirlo.
Pongamos por ejemplo el fallo del 18 de abril de 2022 emitido por la Corte Suprema de Justicia y que avaló la decisión del director del Instituto de Formación y Aprovechamiento de los Recursos Humanos (Ifarhu), Bernardo Meneses, de no rendir cuentas sobre la forma como dispone de los recursos de su institución.
Con la excepción de la magistrada Maribel Cornejo, quien salvó su voto, el resto de los magistrados negó la acción de habeas data solicitada por un periodista de esta casa, con el objetivo de conocer la lista de los becarios y beneficiarios de los llamados “auxilios económicos” otorgados por el Ifahru.
Como se supo después por investigaciones periodísticas de Foco Panamá, esos auxilios han sido entregados de forma discrecional y sin que las limitaciones económicas del solicitante fuese el factor determinante. Por el contrario, como ya se sabe, esos “auxilios” -dineros que no tienen que ser devueltos a la institución- quedaron en manos de familiares de conocidas figuras del partido en el poder. Los datos específicos y las cifras son insultantes. No los repetiré.
El escandaloso descubrimiento explicaba la opacidad en la conducta del director Meneses -que también negó la información de forma clara y detallada al diputado independiente Gabriel Silva- y, por supuesto, su decisión de emitir una resolución el 3 de agosto de 2021, declarando “dato confidencial” toda la información relativa al otorgamiento de becas, préstamos y auxilios. Ahora sabemos que era mucho lo que tenía que ocultar.
Esta asombrosa decisión unilateral del director Meneses es violatoria de la Ley 6 de Transparencia y Acceso a la Información, en su Capítulo IV, señala con claridad los temas que son catalogados como confidenciales y de acceso restringidos, entre los que no están los procesos de adjudicación de ayudas económicas para estudiantes que otorga el Ifahru.
Al respecto, la magistrada Cornejo fue muy clara en su salvamento de voto, al calificar la decisión del director Meneses contraria a “los principios inherentes al manejo de los recursos públicos, no solo en función de la Ley 6 de 2002, sino de la Convención de Naciones Unidas contra la Corrupción (artículo 10)…”, añadiendo que “los datos efectivamente están regidos por los principios de acceso público, transparencia, publicidad y rendición de cuentas, pues se relacionan con la gestión de la entidad receptora y el manejo de los recursos públicos que la sociedad les confía”.
Finalmente, y con relación a la decisión de sus compañeros magistrados de apoyar la declaratoria de confidencialidad de los datos hecha por el director Meneses, la magistrada Cornejo es contundente: “como tribunal garante del derecho fundamental a la información pública, no debió avalar a través de la decisión que ha sido dictada”.
La lamentable decisión mayoritaria de la Corte provocó que sigamos sin saber los nombres de todos los beneficiados de los auxilios económicos no reembolsables otorgados por el Ifahru. Y hay motivos para presumir que la lista completa debe ser de espanto, ya que la Contraloría General eliminó los datos que inicialmente aparecían en su base de datos, renunciando con ello a ejercer su papel constitucional de fiscalizador atento del buen uso de los recursos públicos.
Ante la falta de probidad de los funcionarios, el escandaloso uso de los recursos públicos con fines electorales y la inoperancia de las instancias de control, solo la justicia puede evitar que terminemos perdiendo la democracia. Necesitamos que los jueces y magistrados sean héroes; solo tienen que hacer su trabajo.
La autora es presidenta de la Fundación Libertad Ciudadana, capítulo panameño de TI