De las disputas bioéticas de la medicina reproductiva, la gestación forzada y la reproducción forzada se constituyen como de las más conflictivas, del problema moral del aborto. No son los mismo ni se escriben igual, pero la conciencia secular encuentra escollos difíciles de superar, si es que se superan, en una sociedad bipolarizada entre el derecho reproductivo de la mujer y el poder político de los escrúpulos de la sexualidad y la reproducción. Bien dicen Devora Shapiro y Jeffrey Pannekoek: “porque las mujeres tienen autoridad testimonial y poder político limitados y mitigados, la libertad sexual de la mujer se trata diferente que la del hombre. Este trato diferencial incorpora y sistematiza la vergüenza y el control corporal en las instituciones que estructuran nuestra sociedad y dentro del discurso social en torno la sexualidad de las mujeres”.
La distinción necesaria, en el discurso de Shapiro y Pannekoek, es que, “la gestación es una actividad específica, con características y preocupaciones morales específicas, y está limitada a quienes la gestan corporalmente. La reproducción forzada, sin embargo, es algo que supone un riesgo para cualquier persona que tenga capacidad reproductiva”. En otras palabras, la gestación se limita a quienes tienen útero, la reproducción forzada es un riesgo para uno o ambos actores de ella.
Hace 53 años, Judith Jarvis Thomson, en su ensayo de filosofía moral en defensa del aborto, desató toda clase de opiniones con su argumento: “ninguna persona tiene la obligación moral de entregar su cuerpo y su libertad durante nueve meses, con el fin de mantener la vida de otra persona”. Thomson utiliza una ingeniosa analogía para desarrollar su argumento. Un violinista famoso y muy querido está muriendo intoxicado por una falla renal, por lo que una Sociedad de Aficionados a la Música, para salvarle, secuestra a esta persona, quien se despierta en un hospital con el violinista suturado a su espalda. Esta persona se convierte así en quien mantendrá vivo al violinista, como una forma de máquina de diálisis renal, pero sin su consentimiento y por tiempo prolongado, lo que no le permitirá realizar sus actividades usuales, ni tener libertad de movimiento y, mucho menos, rechazar esta condición inaceptable para ella. Thomson se pregunta si esta persona tiene la obligación y deber moral de mantenerse pegada al violinista, aunque éste tenga el derecho a seguir viviendo.
Como lo puntualiza el Dr. Roberto Hernández, para Thomson, “aunque se parta de la premisa que el feto es un ser humano con derecho a la vida, este derecho no concede al feto el derecho de usar el cuerpo de la madre, a menos que ella le haya otorgado ese derecho y haya asumido voluntariamente responsabilidad por su existencia”.
Thomson, puntualmente afirma que esta es la misma situación de una mujer embarazada por violación, que no tiene por qué continuar porque no lo consintió, y, también es el caso bajo el compromiso con la vida, la muerte inminente de la embarazada que solo se salvaría si se interrumpe el embarazo también justifica que se interrumpa el embarazo. Thomson prioriza su desacuerdo con que, de forma arbitraria, se decida la edad de la gestación cuando el desarrollo del producto del embarazo le convierte en persona como si esto fuera un continuo, desde entonces determinado. Pero esto no es así, dice la filósofa, porque sería como aceptar que “una bellota siempre se desarrollará como un roble”.
Durante el coito heterosexual, millones de espermatozoides son eyaculados en la vagina y de allí, algunos se movilizan al interior del útero y luego ascienden a las trompas de Falopio, donde pueden sobrevivir por 6 días mientras esperan el óvulo a fecundar, que se desprenderá de uno de los ovarios (ovulación). Uno de esos espermatozoides lo hará para fertilizar el óvulo, en las primeras 12 horas de la ovulación, en la región ampulosa de la trompa. Este óvulo fecundado o zigoto viaja por varios días hacia el endometrio uterino ya preparado para la recepción, rico en nutrientes, donde se implantará para facilitar el crecimiento y desarrollo de un embrión. Inicialmente, las múltiples divisiones del zigoto constituyen una forma de bola celular o mórula, de 16 a 32 células y seguidamente se produce el estado de blastocisto, que contiene una fila interior de células adosadas a una fila exterior de otras células. La capa externa de las células de este blastocisto es la que se implanta en el endometrio, unos 7-14 días después de la ovulación. Le va a tomar unos 4-5 días lograr implantarse. De su capa interna de células, el blastocistooriginará el embrión, con mucha suerte.
Desde la fertilización hasta completadas las 8 semanas de desarrollo del embrión, el período de esta gestación se conoce como período embrionario, y de las 9 semanas hasta alcanzar el término de ella, se conoce como período fetal. A las 10 semanas ya tiene cara, brazos y piernas, dedos en las manos y los pies, órganos internos, y alguna actividad cerebral. Cuántos nos atrevemos a llamar persona a un espermatozoide que espera un óvulo, a un acúmulo de células posterior a la fecundación y recién implantadas en el endometrio, al embrión, al feto y al recién nacido o al niño mayor.
Así como la prohibición del aborto por razones terapéuticas o por violencia física, como la ejercida en la violación sexual de niñas por adultos es una indecencia moral, así también es moralmente indecente obligar a la mujer embarazada a continuar el embarazo hasta el término de las 40 semanas, con un feto muerto desde la semana 20. Solo caben estas inmoralidades en las cabezas de personas enfermas y fanáticas.
La “otra defensa del aborto”, la estructuran Shapiro y Pannekoek haciendo una analogía con la donación en vida de órganos o con la circulación extracorpórea, que mantiene vivo a una persona mientras su corazón se le detiene. Igual, para estos profesores de ética y bioética del trasplante, de la Universidad de Michigan y de la Cleveland Clinic, respectivamente, el embarazo da y mantiene con vida un cuerpo dentro de otro. La red para procurar órganos y trasplantes (OPTN, por sus siglas en inglés), identifica el principio de autonomía como fundamental para evaluar la oportunidad de una donación de órgano vivo”. Al igual que las donaciones de órganos en vida, el proceso del embarazo implica cambios permanentes en la fisiología de la persona, es físicamente invasivo y peligroso, tiene un tiempo de recuperación prolongado, conlleva el potencial de complicaciones e incapacidad a largo plazo y, en ocasiones, puede resultar fatal”. Por ello, dicen estos autores, el embarazo como el trasplante de órganos vivos requiere consentimiento de quien dona y quien recibe, conocimiento de todo lo que concierne al embarazo como se exige para donantes y receptores de órganos vivos, y no puede haber coerción de ningún tipo para producir un embarazo. Es estrictamente honrar la libertad de ejercer la decisión propia, la voluntariedad.
Sin entrar en esa controversia, los derechos reproductivos de la mujer son autonomía reproductiva, justicia reproductiva, salud femenina, acceso a la contracepción, sujeción a las tecnologías reproductivas, el goce de la sexualidad y, el acceso al aborto. Esto lo reduce algún autor para justificar los derechos reproductivos al interés de reproducirse de la mujer y a su autonomía para ello. Esa reducción es individualista y dificultosa. Pero, solo por el ejercicio de la equidad, si al hombre le extrapolo los derechos reproductivos, bien se puede decir: autonomía reproductiva, justicia reproductiva, salud masculina, goce de la sexualidad y acceso al aborto. Se lo dejo de tarea, pero creo que estos derechos del hombre no causan revuelo en una sociedad machista, donde la mujer es invisible y donde la justicia afecta a otros, y desproporcionadamente, a quienes sufren desventajas económicas y sociales.
Esto se complica cuando entendemos otra cosa por autonomía reproductiva, para algunos, un término ambiguo y no se acepta como la capacidad y el derecho a reproducirse y el derecho a no reproducirse, mediante instrumentos como la abstinencia del coito, el uso de contraceptivos, no resolver la infertilidad y el aborto, particularmente por la molestia que inducen la contracepción y el aborto. La objeción primaria la basan en la afirmación de que los derechos reproductivos son un asunto de dos, no de un solo individuo, porque “en la reproducción participan los gametos de dos personas”. Para validar esta afirmación, aceptan que esa participación puede ser en el acto sexual, no importa cómo fue, o mediante la donación de gametos, sin la participación de otra persona. Un camino escabroso para prohibir o legalizar, para dar forma a los diferentes argumentos.
Entonces, frente a la reproducción forzada es relevante un marco ético como el que estructura y legaliza la donación de órganos: autonomía, consentimiento y libertad para escoger. La donación de órganos en vida es un acto donde se respeta el principio ético de la autonomía, donde el donante potencial no se siente coaccionado para donar en vida un órgano, particularmente cuando el receptor es una persona que ama, ni siquiera porque el beneficiado sea su hijo, minimizando la exposición a los riesgos. Además, en la donación de órganos es obligatorio el consentimiento informado. Un marco ético como éste, da paso al aborto frente a la reproducción forzada a partir de un embarazo no consentido, por violación sexual, ya sea por incesto o en niñas, por asalto o secuestro, incluso alguno como resultado de transacciones económicas. Todo esto es reproducción forzada. ¿Dónde quedan las obligaciones morales del médico? Las preguntas al caso: ¿El embarazo representa una seria amenaza para la vida de la persona embarazada? ¿El embarazo representa una seria amenaza para su salud física? ¿El embarazo representa una seria amenaza para su salud mental?
El autor es médico