La Autoridad de Transparencia y Acceso a la Información Pública (Antai), ha impuesto una multa al diario La Prensa, por la suma de cinco mil balboas por la publicación de un imagen fotográfica donde aparecía el diputado de la provincia de Bocas del Toro del partido de gobierno, Benicio Enacio Robinson Grajales, por una supuesta violación de sus datos personales, específicamente de sus datos de tipo sensible, en este caso, biométricos que se extraen de dicha fotografía.
No es la primera vez que la Antai impone una sanción a un medio de comunicación, en el mes de junio de 2022, el medio digital La Verdad Panamá fue sancionada con una multa de mil balboas, la cual posteriormente se suspendió su efecto debido a la presión de los gremios periodísticos ante la autoridad de protección de datos personales panameña y cuya decisión, casi un año después, desconocemos.
La sanción a la Corporación La Prensa coincidió con la conmemoración del Día de la Libertad de Prensa, como cada 3 de mayo, y de la celebración del evento del mismo nombre, en la sede de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) en Nueva York, Estados Unidos. En su edición número treinta, el evento organizado por la Unesco promueve como su lema de este año, ‘dar forma a un futuro de derechos: La libertad de expresión; motor de todos los demás derechos humanos’ paradójicamente con el caso que nos ocupa en Panamá.
Es que tal y como señala el lema de la celebración del evento del Día Mundial de la Libertad de Prensa 2023, la libertad de expresión debe ser un motor al ejercicio de otros derechos y no un obstáculo al ejercicio de derechos como el acceso a la información, la libertad de prensa y la privacidad, este último con tan poco desarrollo normativo, jurisprudencial y sobre todo concientización en la población panameña.
Pero ¿cuál es la diferencia entre el caso del Diario La Verdad y La Prensa, pues particularmente, que uno de los actores involucrados en la nota periodistica; y es que a diferencia de la nota de La Verdad, en la que el sujeto, objeto de la supuesta violación a sus derechos de protección de datos, era una persona no políticamente expuesta, en la nota de La Prensa, se buscaba esclarecer un tema en el cual se encontraba involucrado un alto y poderoso funcionario público del Órgano Legislativo, que fue electo mediante un procedimiento democrático como lo son unas elecciones populares y cuyas acciones deben ser vistas desde la óptica del interés público. Sin embargo, la Antai en su resolución de 27 fojas consideró que hay una gran diferencia entre el interés público y ser interesante al público.
El Comité Jurídico Interamericano de la Organización de los Estados Americanos (OEA) ha señalado en su Declaración de Principios Actualizados sobre la Privacidad y la Protección de Datos que ‘la Privacidad no es el único interés que los Estados miembros y sus gobiernos deberían tener en cuenta en el campo de la protección de datos personales’.
Ocasionalmente surgirá la necesidad de tomar en cuenta otras responsabilidades del Estado y es posible que las autoridades de los Estados miembros tengan que apartarse de estos principios o establecer excepciones y restricciones que deberían limitarse a las necesarias, adecuadas y proporcionales en una sociedad democrática para salvaguardar objetivos de interés público general, como por ejemplo, responder a las amenazas planteadas por un caso de corrupción.
Y es que la periodista del diario La Prensa ha publicado el dato personal fotográfico del Diputado Robinson, calibrando el interés público que se puede generar con una nota donde se esclarecen aspectos pocos conocidos sobre la obtención de los cupos del transporte público en el país y que deben ser no solo interesantes para muchos sino que tienen que ser de interés público para todos en Panamá.