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Escenarios ante la situación de Minera Panamá

He pensado bastante en escribir esta nota porque en este ambiente tan visceral me atribuirán todo tipo de epítetos. En cualquier caso, si ya estás convencido de cómo deben ser las cosas con respecto a la mina y no hay nada que puedas leer que te haga ponerte a pensar, te pido que te ahorres el tiempo y no sigas leyendo.

He visto y leído mucha gente pensante y gente cuya opinión respeto, estar en desacuerdo con la minería de tajo a cielo abierto, cosa que comparto en términos generales. Cuando nos vamos a los temas específicos trato de verlo con mente fría y sin prejuicios.

En términos generales creo que podemos agrupar a los manifestantes en cuatro grupos:

1. Los que alegan que el contrato ley es inconstitucional.

2. Los que alegan que los términos económicos debieron haber sido mejores.

3. A los que les preocupa que la fiscalización por parte del estado no sea la adecuada y que por ende el impacto ambiental sea más devastador, del ya causado.

4. Los que piden el cierre absoluto de la mina, sin medir las consecuencias del cierre.

Antes de empezar a desarrollar la idea, quiero dejar claro al menos tres cosas. La primera es que no estoy de acuerdo con la minería metálica a cielo abierto, porque su impacto es evidentemente espantoso. Lo segundo es que no tengo relación directa ni indirecta con la mina, sus promotores, sus suplidores, proveedores, ni cualquier otro vínculo que me quieran atribuir.

Lo tercero es que no soy, ni he sido miembro del PRD ni he apoyado al presente gobierno de ninguna manera.

Entro a analizar ahora cada uno de los cuatro grupos descritos anteriormente:

1. Los que alegan que el contrato ley es inconstitucional. Sinceramente, no tengo idea si el contrato actual es inconstitucional o no. En cualquier caso, esto es algo que debe dirimir la Corte Suprema de Justicia (CSJ). Más allá de lo anterior, quisiera pensar que los abogados de parte y parte se han asegurado que, al mejor de sus conocimientos, el contrato cumple con todas las leyes y la constitución de la República de Panamá. Vuelvo al punto inicial, esto lo decide la CSJ de este país, y no un abogado, ni candidato. En caso tal que prevalezcan visos de inconstitucionalidad, entonces habrá que resolverlos conforme derecho.

2. Los que alegan que los términos económicos debieron haber sido mejores. Hasta donde he leído veo que los términos económicos del contrato son mucho mejores que los del contrato anterior, que estaba vigente hasta hace un par de años y al cual nadie le puso mayor reclamo. Habría que ver cómo se comparan los términos económicos de este contrato con los de otros contratos a través del mundo para saber si los términos son “justos”, antes de emitir una opinión. De lo que lo que he podido investigar, las regalías son usualmente de 1 a 4% de los ingresos brutos. En el nuevo contrato la regalía es de 12-16% de la ganancia bruta, con un mínimo de $375 millones anuales. Si el margen bruto de la mina es de 50%, entonces esto equivale a un 6-8% de regalía anual, muy por encima de las regalías promedio mundiales.

3. Los que les preocupa que la fiscalización por parte de estado no sea la adecuada y que por ende el impacto ambiental sea devastador. Preocupación válida, pero subsanable. Hace apenas un par de décadas se decía lo mismo sobre el manejo de la Autoridad del Canal de Panamá y creo que todos podemos decir que el Estado ha podido manejar este activo de manera efectiva. Lo que hace falta es voluntad e institucionalidad para armar un buen equipo de fiscalizadores con sus debidos controles y contrapesos, y mecanismos para hacer el trabajo debidamente. Todos los puntos mencionados anteriormente son subsanables. Esto nos lleva al último grupo que creo que es el más delicado.

4. Los que piden el cierre absoluto de la mina. Recientemente José Miguel Alemán, a quien respeto, hizo un resumen de los impactos inmediatos como los son la pérdida de empleo, pérdidas para proveedores, las regalías que se dejarían de percibir, entre otros. Sin embargo, creo que hay otras consecuencias de mayor impacto que también merecen nuestra atención.

La empresa First Quantum Minerals hace más de 10 años se convierte en el concesionario de esta mina. Desde antes de ese momento se habían llevado a cabo una serie de consultas legales a diferentes despachos del estado para certificar la validez y exequibilidad del contrato. Todas estas fueron positivas. Luego la empresa procede a invertir $10 billones, los cuales tenemos que suponer que hace en buena lid (a menos de que alguien tenga evidencia clara al contrario). Esto se convierte en la inversión más grande en la historia del país.

Más grande incluso que la expansión del Canal de Panamá. Para ponerlo en perspectiva, este monto equivale a 5 líneas de Metro. Vamos a ver ahora las consecuencias de cancelar el contrato. Una vez que se le cancela el contrato la empresa tiene que hacer valer sus derechos. No sólo es su derecho sino su deber ante sus accionistas hacer valer este contrato. Una de las avenidas que tiene a su disposición es la Corte Suprema de Justicia. Otra avenida que tiene para hacer valer sus derechos es el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (el “CIADI”) adscrito al Banco Mundial. Panamá, como país miembro del Banco Mundial, está voluntariamente adscrito al CIADI y el resultado de sus laudos son definitivos e inapelables. No quiero entrar en mayor detalle en cuanto a esta entidad, porque no es lo más relevante.

Sin embargo, es mi opinión que la empresa concesionaria lleva todas las de ganar un laudo arbitral ante el CIADI. Esto se debe primordialmente a que hizo las consultas debidas, hizo la inversión en buena lid, y no hubo causal fundamentada y justificada para cancelarle el contrato, el cual es ley de la República. El concesionario no sólo va a solicitar el reembolso de su inversión, sino que también va a solicitar que se le reconozca el lucro cesante, el cual equivale al valor presente de todas las ganancias futuras que razonablemente hubiera generado por virtud del contrato. Estimo muy preliminarmente que esto debe ser ~$30 billones, aunque realmente no soy experto en este tema y no hay manera de saberlo de antemano.

De ser el caso, el estado panameño (tú y yo),estaría bajo obligación legal de reconocerle este monto a la empresa. Para poner este monto en perspectiva, esto equivale a 8 años de inversión pública. Otra manera de verlo es que con ese dinero podrías hacer 8 líneas de metro, el tren Panamá – David, y construir alrededor de140 escuelas. Más allá de las consecuencias económicas, manda una clara señal a la comunidad internacional sobre la seguridad de las inversiones privadas en el país. ¿Cómo pretendemos atraer inversionistas internacionales y locales a Asociaciones Público-Privadas si no hay esta seguridad? A nivel local, los empresarios locales también pensarán dos veces antes de invertir en el país si no saben cómo son las reglas del juego. Esto nos lleva a qué podemos hacer.

Podemos hacer varias cosas. La primera es una moratoria en la minería metálica en el país. La segunda, armar un equipo fiscalizador con asesoría internacional de gente con experiencia que entrene al equipo local, e implementar los pesos y contrapesos para que todo se haga cumpliendo con todas las normas ambientales vigentes, todo esto a través de una autoridad independiente y técnica.

Seguramente habrá otras iniciativas e ideas que podemos implementar para asegurarnos que sea una de las mejores operaciones de extracción de minerales metálicos a nivel mundial y respetar la propiedad privada.

El autor es ingeniero y empresario.


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