Mientras las aguas de discusión en el Legislativo van menguando y el malestar ciudadano en las calles y redes sociales se va elevando —tal vez de forma tardía—, muchas de las autoridades electas y otros gremios no han dejado de aprovechar la oportunidad para mencionar lo positivo de la nueva Ley del Seguro Social. Lo que han querido ignorar, de forma deliberada tal vez, es que la ley, desde el inicio, incumplía el principio democrático de igualdad contenido en los artículos 19 y 20 de la Constitución, en relación con la población LGBTIQ+.
El texto enviado por el Ministerio de Salud a la Asamblea Nacional incluyó la obligación de aportar un certificado de matrimonio para diversos trámites y reconocimiento de derechos. Por ejemplo, una pareja de mujeres lesbianas, aunque una de ellas tenga 20 años cotizando altos salarios en el Seguro, no puede acceder a que su pareja reciba atención médica ni a que, en caso de fallecimiento, tenga derecho a pensión de viudez o pensión vitalicia, por tratarse de una unión entre personas del mismo sexo.
Esta situación es claramente injusta y, sobre todo, discriminatoria, cuando hay parejas heterosexuales en concubinato que, sin estar casadas, reciben reconocimiento de derechos por parte de la Caja, incluso sobre los hijos de su pareja con quienes no mantienen una relación filial o de patria potestad. Jamás he escuchado a una persona heterosexual decir que no quiere recibir cierta atención en el Seguro porque el servicio está en parte cubierto por la cotización de una persona LGBTIQ+, o pedir que las personas LGBTIQ+ paguen una tasa menor de impuestos porque reciben menos derechos del Estado.
El reclamo de la población LGBTIQ+ llegó de diversas formas y ninguna fue escuchada, ni por el ministro de Salud ni por el director de la Caja de Seguro Social. Ninguno de los 71 miembros del Legislativo —incluido el secretario general— elevó su voz para corregir esta injusticia durante el proceso. Ante la Comisión, se presentaron recomendaciones que no fueron incorporadas en el primer debate. A pesar de ello, parece que la publicación de una carta abierta en un diario de circulación nacional y los más de 500 correos electrónicos directos tampoco surtieron efecto en las siguientes fases.
Lastimosamente, todos los funcionarios implicados en el proceso no actuaron con su obligación legal de buen padre de familia, toda vez que la Corte Interamericana de Derechos Humanos ya se había pronunciado sobre el derecho a la igualdad ante la ley, la no discriminación, la integridad personal y la vida en el caso Ángel Duque vs. Colombia. Este caso versaba sobre una pareja de dos hombres con más de 20 años de relación, cuando uno de ellos fallece y el sobreviviente no puede acceder a la pensión de viudez ni a sus medicamentos, quedando sin hogar y con la salud deteriorada. Esto obligó a la vecina nación a pagar los gastos y costas, y a realizar cambios legales internos para garantizar igualdad y justicia.
Sobre la convencionalidad, la Corte panameña ha sido vergonzosamente selectiva en su aplicación. En un fallo, un magistrado mencionó que todo funcionario debe actuar conforme al derecho internacional, aunque en el derecho interno no exista una norma alineada con él. Sin embargo, esto se olvidó en el fallo sobre el matrimonio entre personas del mismo sexo, al esquivar la convencionalidad y el artículo 4 de la Constitución, además de la Convención de Viena, que establece la supremacía del derecho internacional sobre el interno.
Pero, al parecer, nuestra Corte cambia de criterio según la naturaleza del caso, cuando en el fallo contra el contrato minero da cátedra legal sobre derechos contenidos en convenciones. Esta realidad, junto con la exclusión por parte de todos los poderes del Estado de las personas LGBTIQ+, demuestra de forma clara y fehaciente que el Estado panameño, a través de sus agentes, incurre en discriminación. Esto abre la puerta a un posible escarnio internacional y a pagos por daño material e inmaterial a una población olvidada que sigue exigiendo justicia.
Es imposible ser un Estado democrático sin creer en la igualdad para todas las personas, y afirmar ser respetuoso de los derechos humanos mientras se escoge, de forma conveniente, cuáles derechos respetar. Hoy nos olvidaron, pero no tardarán en recordarlo. Y aquí estaremos para asegurarnos de que lo hagan.
El autor es director de Proyectos de Fundación Iguales.

