Modelo OCDE y Modelo ONU: Entendiendo las discrepancias entre ambos acuerdos



En el contexto de la globalización económica, ha ocurrido un aumento significativo en la inversión y el comercio a través de fronteras, lo que ha destacado la importancia de los acuerdos para evitar la doble imposición. Como he comentado en artículos anteriores, estos acuerdos son pactos bilaterales diseñados para aliviar la carga fiscal que implica pagar impuestos en dos jurisdicciones diferentes por los mismos ingresos.

En mi artículo de esta semana, explicaré los dos modelos prominentes en este ámbito: el Modelo de Convenio Tributario sobre Renta y Capital de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (Modelo OCDE) y el Modelo de Convenio de las Naciones Unidas (Modelo ONU). A pesar de compartir objetivos similares, presentan diferencias sustanciales que reflejan las diversas prioridades y enfoques adoptados por sus países miembros.

El Modelo OCDE, elaborado por la OCDE, una entidad compuesta principalmente por países con altos ingresos, suele favorecer a los países donde residen las empresas multinacionales. Este modelo se enfoca en evitar la doble tributación para compañías que operan en múltiples naciones, lo cual facilita tanto la expansión de estas multinacionales como el flujo de inversiones extranjeras directas. El Modelo OCDE asigna principalmente los derechos de tributación al país donde reside el contribuyente, limitando así las posibilidades de los países donde se generan los ingresos para gravar esos ingresos.

Por otra parte, el Modelo ONU, aunque sigue una estructura parecida al Modelo OCDE, se ha diseñado teniendo en cuenta las necesidades de los países en desarrollo (como es el caso de Panamá). Este modelo otorga más capacidad impositiva a los países donde se generan los ingresos, lo cual es especialmente relevante para las naciones en desarrollo que buscan obtener una parte más significativa de los impuestos generados por la actividad económica dentro de sus fronteras. Esto se ve reflejado en disposiciones que permiten a estos países gravar ingresos como dividendos, intereses y regalías a tasas más altas que las establecidas en el Modelo OCDE.

Las diferencias entre ambos modelos también se observan en aspectos como la definición de establecimiento permanente, los métodos para evitar la doble imposición y las cláusulas de intercambio de información. Mientras que el Modelo OCDE tiene una definición más estricta de establecimiento permanente, lo cual puede dificultar que estos países impongan impuestos a empresas extranjeras, el Modelo ONU tiende a favorecer el método del crédito sobre la exención para evitar la doble imposición, lo cual puede ser más beneficioso para estos países.

En lo que respecta al intercambio de información, tanto el Modelo OCDE como el Modelo ONU fomentan la transparencia y la cooperación entre las jurisdicciones fiscales. Sin embargo, el Modelo OCDE ha mostrado mayor iniciativa en la aplicación de estándares para el intercambio automático de información, demostrando así el compromiso de los países miembros de la OCDE en la lucha contra la evasión fiscal a nivel mundial.

En resumen, aunque tanto el Modelo OCDE como el Modelo ONU comparten el objetivo común de evitar la doble imposición, sus diferencias fundamentales reflejan un equilibrio de poder y prioridades entre naciones desarrolladas y en desarrollo. Para aquellos países que están negociando o revisando acuerdos para prevenir la doble imposición, es crucial comprender estas disparidades y elegir el modelo que mejor se adapte a sus intereses económicos y fiscales. La elección del modelo apropiado puede tener un impacto significativo en la capacidad de un país para atraer inversión extranjera, proteger su base impositiva y garantizar un crecimiento económico sostenible.

Dado que Panamá y su nuevo gobierno, que comienza su administración el 1 de julio de 2024, han manifestado que la inversión extranjera será una de las claves para la reactivación de la economía, pensar en ampliar la red de Convenios para Evitar la Doble Imposición siguiendo una combinación del Modelo OCDE con el Modelo ONU, puede ser la clave para que llegue más inversión extranjera al país.

Contar con un modelo panameño de Convenios para Evitar la Doble Imposición que sea balanceado y proteja la base gravable del país es algo que el nuevo gobierno debiese abordar como prioridad. Al contar con dicho modelo, seleccionar países para iniciar rondas de negociaciones que lleven a aumentar la red de convenios actuales (17 en total), otorgando prioridad a nuestros socios comerciales e inversores de Latinoamérica.

El autor es consultor tributario y country managing partner de EY.


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