Para que una empresa pueda gestionar usuarios externos al Sistema Integrado de Gestión Aduanera, como primer paso, debe solicitarle a la Secretaría General de la Autoridad Nacional de Aduanas un certificado de no defraudación aduanera, o sea, que hay que pedirles a ellos mismos que certifiquen, para su propio uso, el precitado certificado. Dicho trámite, una vez cumplido con los requisitos, les toma 15 días hábiles en expedirlo. Esto parece un proceso absurdo y un trámite redundante, pues Aduanas debería tener muy presentes los defraudadores aduanales en sus archivos.
Para presentar la solicitud del referido certificado, hay que primero obtener una certificación del Registro Público de las generales de la empresa y quién es el representante legal. El representante legal debe presentar una copia de su cédula debidamente autenticada por la Dirección General de Cedulación. Para esto, el representante legal debe apersonarse a las oficinas de cedulación, hacer cola en las cajas para pagar el trámite, y luego esperar dos horas para su entrega; claro, siempre y cuando el director regional de Cedulación de Panamá Centro se encuentre disponible para firmarlo, si no toca esperarlo horas hasta que lo haga. Es improbable pensar en regresar a buscarlo si se tuvo la suerte de conseguir un estacionamiento en el lote habilitado para esto.
Si el representante legal quiere delegar la presentación de la solicitud del certificado ante Aduanas a un tercero, entonces deberá hacerlo mediante poder notariado a favor de quien va a realizar el trámite.
Una vez se haya presentado la solicitud de la certificación, el interesado deberá pagar $5 en la caja de las oficinas de Aduana, llevarle la constancia de pago a la persona que retuvo los documentos para anotar el número de recibo del pago, y le dice que el trámite dura 15 días hábiles. Para retirar el certificado cuando esté listo, hay que llevar un timbre de 50 centavos, o sea que hay que ir a un banco recaudador, llenar una boleta de pago de los 50 centavos, y que le entreguen la copia rosada de dicho pago para que, entonces, pueda retirar el certificado.
Increíble, pero cierto: Que Aduanas tenga que certificarse a sí misma la no defraudación de un contribuyente y someterlo a tan engorroso trámite.
El trámite para solicitar la habilitación como usuario ahora es que empieza, pues el certificado de no defraudación es uno de los requisitos que hay que cumplir. La solicitud misma tiene otros requisitos, entre los que podemos mencionar unos repetitivos, pues anteriormente se presentaron para obtener el certificado de no defraudación aduanera, como sería el Certificado del Registro Público de la empresa y la copia de la cédula del representante legal, debidamente autenticada por la Dirección de Cedulación del Tribunal Electoral. Claro, no debe faltar la copia del Aviso de Operación y constancia de la inscripción del Registro Único de Contribuyente (RUC).
Es importante resaltar que los trámites aduaneros no solo afectan las importaciones, sino también las exportaciones, pues hay que hacer liquidaciones de aduana para las mismas. Recordemos que, hace algunos días, personal de Aduanas se fue a la huelga y no pudieron exportarse cantidades de contenedores porque no les daba trámite a las liquidaciones correspondientes. Ni los barcos ni los aviones esperan.
¡Qué difícil se le hace al empresario desarrollarse en Panamá ante situaciones como estas, que no hacen otra cosa que hundirnos más en el tercer mundo! Esperemos que pronto vengan mejores tiempos.
El autor es agroexportador
