Posición de Corporación La Prensa ante fallos en la demanda de Roberto Durán

Posición de Corporación La Prensa ante fallos en la demanda de Roberto Durán


Nadie tiene derecho a usar, sin su consentimiento, la imagen de otra persona para recomendar que vaya a comer en tal o cual restaurante, adquiera un producto, utilice un servicio o visite cierto hotel. Por ejemplo, si usted vende equipos deportivos, no podría usar la imagen del pelotero estrella de los Yankees de Nueva York, Aaron Judge, en un anuncio diciendo que Judge recomienda su tienda porqué ahí venden los mejores bates y manillas. Para ello, tendría que tener una autorización expresa porque estaría usando la imagen de un deportista famoso que recomienda un producto que usted vende. Pero si usted, como dueño de la tienda, decide anunciarse en el segmento deportivo de un canal de televisión o en la sección deportiva de un periódico y su publicidad sale al lado de una noticia o un reportaje sobre Judge, no hay conflicto, ni abuso del uso de la imagen. La imagen del deportista se usa para ilustrar un contenido periodístico, que puede ser biográfico o noticioso, y la publicidad aparece en los espacios designados para ello. En ningún momento se infiere o interpreta que el deportista está recomendando o respaldando de alguna forma al anunciante.

Solo hay que reemplazar Judge por Roberto “Mano de Piedra” Durán para entender que la sentencia contra Corporación La Prensa (Corprensa) es un disparate y, peor aún, establece un precedente nefasto contra las libertades de expresión y de prensa y contra el derecho al acceso a la información. Considere por un momento la consecuencia lógica de que cualquier figura pública podría ahora reclamar daños y lucro cesante cuando un medio o un ciudadano usa su imagen para hablar de asuntos de interés público. Mañana, el presidente de la República podría demandar a este diario u otro medio de comunicación bajo el argumento de que se está usando su imagen para vender periódicos y los anunciantes que estaban en esa página, impresa o en la web, se beneficiaron de la imagen del presidente. Esto acabaría con las libertades de prensa y de expresión.

Mano de Piedra es un deportista reconocido globalmente, es una figura pública, con numerosos, amplios, diversos, extensos reportajes, noticias, entrevistas, libros, publicados sobre él, su carrera deportiva y hasta sus aciertos y desaciertos en otros aspectos de su vida. Como tal, cualquiera tiene derecho a escribir sobre Durán, con o sin su autorización, incluso si se tratase de escribir un libro biográfico que no contara con la autorización del boxeador. En Estados Unidos hay una multiplicidad de casos referente a “biografías no autorizadas” de personas famosas, desde políticos y empresarios hasta artistas y deportistas. Muchos de sus autores han sufrido demandas, y lo usual es que las cortes defiendan el derecho del autor a escribirlas, publicarlas, y ganar dinero por la venta de las obras.

Los lectores recordarán la demanda que puso Noriega contra la casa productora de videojuegos Activision por su aparición no autorizada en el juego Call of Duty: Black Ops II. La demanda fue desestimada por considerársele una figura pública. Resultado similar obtuvieron los abogados Mossak y Fonseca en su demanda contra Netflix a raíz del largometraje The Laundromat. Menciono esos casos por tratarse de figuras panameñas. Aunque no sean iguales los casos, se trata de terceras personas lucrando de alguna forma con el uso de la imagen o historia de personas que no lo autorizaron para tal uso. La razón es que la jurisprudencia estadounidense ha establecido con regularidad y mucha fuerza el derecho que tiene la ciudadanía en estos casos a “ficcionalizar” personajes históricos y a tratar temas de interés público en cualquiera de las artes.

Si La Prensa hubiese publicado un anuncio con la imagen de Mano de Piedra sin su autorización diciendo: “Lea La Prensa, el mejor periódico de Panamá”; o si Super Xtra hubiese hecho un anuncio con la imagen de Mano de Piedra, sin su autorización, diciendo: “Compre en Super Xtra donde los precios están noqueados”, entonces se podría hablar de uso y abuso de su imagen para lucrar. Sin embargo, este no fue el caso. La Prensa, de la mano del periodista Guido Bilbao, publicó una biografía dividida en 30 páginas coleccionables de Roberto “Mano de Piedra” Durán, basada en material disponible públicamente, incluyendo su libro biográfico “autorizado”. En cierto sentido, hasta se puede decir que La Prensa promocionó de manera gratuita la figura del deportista, en particular para los lectores más jóvenes que no vivieron sus logros. La biografía se insertó sin costo adicional en el periódico impreso durante un mes, y en espacios designados para tal, podía haber publicidad de uno o más anunciantes. Curiosamente, hace varios años salió Mano de Piedra en la portada de la Revista K, y, a pesar de que Durán no recibió ningún emolumento por haberse usado su imagen, no se recibieron reclamos a pesar de que la revista se solía vender en diferentes tiendas de la localidad y se insertaba sin costo adicional a los suscriptores.

Estamos entonces ante una demanda exagerada (se solicitaban $5 millones en daños y perjuicio), infundada (contenido biográfico sobre una persona pública) e intimidatoria (al usarse como mecanismo como método para generar autocensura). La condena de $500 mil, aunque 10 veces menos que lo pretendido, es absolutamente desproporcionado al costo del producto (unos $70 mil) y a los ingresos de anuncios de Super Xtra por apenas $20 mil. Además, Corprensa logró demostrar que no hubo un incremento en la venta de periódicos durante el periodo en que se insertaron las páginas biográficas.

Es por todo lo anterior, y siendo consecuentes con los principios democráticos que nuestra organización ha defendido durante los últimos 42 años que hemos tomado la decisión de instruir a nuestros abogados para que recurramos el fallo del juez ante la Corte Suprema de Justicia, en casación.

En el Levítico hay una máxima que todo juez debiera tener en su escritorio: “Con justicia juzgarás a tu prójimo, no dejándote llevar ni por las dádivas del rico ni por las lágrimas del pobre”, a lo que habría que añadir “ni por la popularidad del famoso”.

El autor es presidente de Corprensa.


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