No podemos analizar el alcance de la privacidad en las comunicaciones personales sin antes conceptualizar ¿que son las garantías fundamentales?, punto de partida de la razón de ser de mi artículo. Las garantías constitucionales son “el conjunto de instrumentos jurídicos y extrajurídicos por los que se busca asegurar el cumplimiento efectivo de los derechos humanos” “Son las reglas relativas a la defensa del estatuto personal del individuo que se aplican en cualquier circunstancia”. “Son derechos subjetivos propios de las personas y constituyen el fundamento sustantivo del orden político y jurídico nacional”. Del articulo 17 al artículo 51 de nuestra Constitución Política, se concentran las garantías fundamentales. De estas, la privacidad de las comunicaciones es el motivo de nuestra reflexión,
Sean las razones que motiven los llamados “pinchazos” a las comunicaciones privadas de los ciudadanos, debemos estar claro, que son actos ilícitos que violentan las normas constitucionales como una de las garantías fundamentales. De forma paralela entender, que dado el desarrollo tecnológico que nos ofrece la modernidad, quedamos expuestos, más aún los personeros de alto perfil de un Estado, a ser vulnerables por las interceptaciones a sus comunicaciones. Desde los “Wikileaks”, “Papeles de Panamá” y ahora los llamados “Vareleaks”, son las mejores muestras de lo que estamos reseñando.
Imaginémonos que coloquemos en una balanza, por un lado, la interceptación de las comunicaciones privadas de un ciudadano, y en el otro, el contenido de esas comunicaciones, que tienen un peso específico por su contenido y que, siendo público, tiene efectos en un colectivo. Nos debemos preguntar, ¿qué debemos hacer? ¿Cumplir con la constitución, que es lo que corresponde en un Estado de derecho o fijar nuestra atención a los hechos o contenidos de esas comunicaciones que por su importancia o efectos sobre la sociedad, ameritan abrir un espacio para una investigación que aclare la veracidad o no de esas comunicaciones? ¡Que encrucijada!
El juicio realizado al expresidente Ricardo Martinelli en la que el Tribunal de Juicio lo declaró “No Culpable”, fue precisamente por un hecho que afectó a más de 150 personas, que, durante su administración, fueron “pinchados”. La tecnología que hoy se dispone facilita bloquear, detener, obstruir, captar y grabar, conversaciones no públicas y utilizarlas con fines aviesos, salvo por razones de seguimiento o persecución de delitos debidamente autorizados por las autoridades judiciales.
¿Cómo se logró obtener toda la información que hoy se le conoce como Varelaleaks?
Tengo mis dudas que haya sido por un celular perdido del expresidente Varela cuando la tecnología permite entrar a los celulares sin que haya que tenerlo físicamente. ¿Dónde está Pegasus?, ¡es la pregunta del millón! ¿Quién lo tiene y con qué propósito? Disponer de información es poder, por eso es que el que lo posea, ¿busca ese objetivo? Con esto podemos deducir que toda la ciudadanía está expuesta, sobre todo, las autoridades públicas del Ejecutivo, Legislativo, Judicial, miembros prominentes de la empresa privada, periodistas, ciudadanos que generan opinión pública, sindicatos, entre otros.
El señor Presidente, Laurentino Cortizo, señaló que no teme que lo pinchen; por lo tanto, en su administración, esa práctica nefasta no está en la agenda del buen gobierno. No es su intención saber la intimidad de nadie, pero sí conocer las necesidades que agobian a este pueblo y ¿cómo se conoce?, pues recorriendo el país, cara a cara con los ciudadanos sin necesidad de escudriñar sus cosas personales.
Le corresponderá al nuevo Procurador(a) que designe el señor Presidente, determinar si procede o no una investigación por ese hecho, y también constatar la veracidad del contenido de esa comunicación, que muestre indicios de delitos que no pueden ser una estadística más de la impunidad que se ha vivido en este país por muchos años. Esperemos
El autor es asesor de seguridad Presidencia de la República