Un ambiente limpio, sano y sostenible es un derecho humano



La Asamblea General de Naciones Unidas adoptó la Resolución 76/300 de forma contundente, con 161 votos a favor, 0 en contra y solo 8 abstenciones, reconociendo así el derecho humano a un ambiente limpio, sano y sostenible para todas las personas en todos los rincones del planeta.

Es un voto histórico, pues obtuvo el 95.3% de respaldo, el más alto hasta ahora para este tipo de resoluciones (el ejemplo de la Resolución 64/292 que reconoció el derecho humano al agua y saneamiento en 2010 da buena cuenta de ello, 122 votos a favor de 163, un apoyo de 74.8%).

El proceso para lograr este reconocimiento duró más de 30 años y el trabajo de muchas personas de la academia, la sociedad civil, pueblos indígenas y defensores y defensoras ambientales, y el liderazgo de los Estados promotores Costa Rica, Eslovenia, Maldivas, Marruecos y Suiza.

Una de las bases que tomaron fue la resolución adoptada por el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas del año pasado, que reconoció el derecho humano a un medio ambiente saludable, allanando así el camino. Esto explica el rotundo respaldo al momento de presentar la moción de más de 100 países cosponsors, entre ellos Panamá, y la posterior histórica votación.

La Resolución 76/300, en sí misma, empuja y sube la barra para los Estados que deben cumplir sus compromisos e incrementar sus esfuerzos para proteger a las personas y al planeta. Si bien la misma es derecho suave, sí es “un fuerte mensaje político y simbólico”, como señaló el relator especial de Derechos Humanos y Medio Ambiente de la ONU, David Boyd.

La resolución resalta que los derechos humanos son interdependientes, están interrelacionados entre sí, indivisibles y universales. Y que “los daños ambientales tienen repercusiones negativas, tanto directas como indirectas, en el disfrute efectivo de todos los derechos humanos”.

Además, señala que hay una evidente relación con el derecho internacional vigente. Y aquí hay algo crítico y es que la resolución aboga por la implementación de los acuerdos multilaterales de medio ambiente, por ejemplo: la Convención Marco de Naciones Unidas sobre el Cambio Climático y su Acuerdo de París, el Convenio sobre Diversidad Biológica, la Convención para la Prevención de la Sequía y la Desertificación, es decir, el Estado de derecho en temas ambientales, que, al no cumplirse, mantienen a las personas, especialmente, las empujadas a la marginalidad, sufriendo graves desigualdades e injusticias ambientales agravadas por la triple crisis planetaria: crisis climática, de pérdida de naturaleza y biodiversidad, así como degradación de los suelos, y la contaminación y los residuos.

La Resolución 76/300 reconoce este derecho humano a un ambiente sano; tiene los elementos para convertirse en catalizador para que cada Estado, cada comunidad, pueda fortalecer su marco jurídico y de procedimientos, para dotar de herramientas y mecanismos más efectivos sus sistemas de gestión ambiental del territorio, de los recursos naturales, del combate al cambio climático, e -indispensable- de sus sistemas de justicia, para garantizar un ambiente limpio, sano y sostenible y proteger a los defensores y defensoras ambientales.

Han pasado más de 50 años desde que la bióloga activista Rachel Carson, con su obra de denuncia La primavera silenciosa, alzara su puño y letra, a raíz del grave envenenamiento de los alimentos, la tierra, el agua, las aves y las personas por el uso masivo e indiscriminado de agroquímicos. Y de la primera Cumbre de la Tierra, Estocolmo 1972. Ahora nos encontramos en idéntica tesitura: vivir y desarrollarnos en armonía con el planeta. Eso sí, con el atronador respaldo en la voluntad de los 161 Estados que han expresado que un ambiente limpio, sano y sostenible es un derecho humano para todas las personas en todos los rincones del planeta.

¡Manos a la acción, no hay más tiempo que perder!

La autora es asesora global del PNUD para Justicia Ambiental y gerente de Ambiente y Cambio Climático en la oficina del PNUD Panamá




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