Alianza Ciudadana Pro Justicia, organización integrada por diversas organizaciones, entregó una nota al mandatario Juan Carlos Varela en la cual le solicitan formalmente el veto “por inexequible” del proyecto de ley 214 de septiembre de 2015, conocida como ley blindaje.
De acuerdo con Magaly Castillo, presidente ejecutiva de Alianza, esta norma aprobada por la Asamblea Nacional en tercer debate “contradice claramente normativas constitucionales y principios del sistema acusatorio”.
Sostuvo que la corriente internacional es la de “restringir” las prerrogativas, simplificar los trámites e inmunidades “únicamente a la libertad de opinión en el ejercicio de sus funciones y no extender las prerrogativas o fueros en los casos de delitos comunes y menos en delitos contra la administración pública”.
En la nota, Alianza cita varios ejemplos por los cuales sustentan la petición. Sobre los agentes de instrucción en los procesos ante la Corte Suprema de Justicia, indica que los artículos 11, 12 y 13 del proyecto aprobado hacen referencia del magistrado fiscal, a quien le corresponderá investigar a diputados de la Asamblea y del Parlacen.
No obstante, Alianza sostiene que el artículo 220, numeral 4 de la Constitución, establece que las atribuciones para perseguir los delitos es del Ministerio Público.
Adicional, se le asigna al procurador general de la Nación funciones jurisdiccionales de investigación, en relación con los funcionarios públicos cuyo juzgamiento corresponde a la Corte Suprema de Justicia.
Si bien es cierto, destaca, la Constitución establece que es función de la Corte investigar y procesar a los diputados, “señala claramente que para efectos de investigación, el Pleno de la Corte Suprema de Justicia comisionará a un agente de instrucción”.
“Es facultad constitucional que designar al agente de instrucción no puede ser condicionada por una ley, ya que la Constitución establece claramente que es la Corte Suprema de Justicia a quien corresponde designar, según su criterio, al agente de instrucción pertinente, de modo que no le es dable a la Asamblea Nacional establecer, mediante ley, la designación a un agente de instrucción de acuerdo a su criterio”, de acuerdo con Alianza.
El proyecto fue aprobado por la Asamblea el 1 de septiembre pasado. En ese documento se mantiene el concepto de la prueba sumaria y la exigencia de que la misma sea idónea -sin usar específicamente estos términos- como requisito para presentar denuncias contra el Presidente, los diputados y magistrados.
Además, establece que la aplicación de medidas cautelares debe ser aprobada por la mayoría absoluta del pleno legislativo y de la Corte.
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