Miembros de la Alianza Ciudadana pro Justicia denunciaron ayer que las “represalias directas” contra su directora ejecutiva, Magaly Castillo, violan el artículo 63 del reglamento de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), que establece que los Estados no tomarán represalias contra quienes participen en sus audiencias.
El 23 de marzo pasado, Castillo participó en una audiencia en la CIDH sobre la administración de justicia en Panamá. En ese foro hizo duras críticas relacionadas con las acciones del Ejecutivo en materia de justicia.
Coincidiendo con la participación de Castillo en la CIDH, el Ministerio Público la acusó de beneficiarse de un contrato de capacitación financiado con recursos del Banco Interamericano de Desarrollo.
Lo sucedido provocó la reacción conjunta de los miembros de la Alianza.
Mariano Mena, de la Central General Autónoma de Trabajadores Panameños; Maribel Jaén, de la Comisión de Justicia y Paz; Miguel A. Bernal, de la Asociación Panameña de Derecho Constitucional, y Angélica Maytín, de Transparencia Internacional, calificaron lo sucedido como “un atentado a la libertad de expresión” y un intento del gobierno por silenciar a los críticos de su gestión. Los voceros de la Alianza pidieron también el cese de la campaña en su contra, así como respeto por la labor de sus miembros.
BID descarta sanciones por no adjudicar contrato
El Banco Interamericano de Desarrollo (BID) descartó aplicar “sanciones” al Ministerio Público por la no adjudicación del contrato a la consultora Aguilar y Asociados, para la ejecución de un programa de protección a testigos y víctimas.
“El Banco no tiene ninguna objeción a la revisión, ajuste y replanteamientos que la Procuraduría General de la Nación tenga a bien hacer”, señaló Ismael Fernández, coordinador del Programa de Mejoramiento de la Administración de Justicia del BID, en una carta al procurador suplente, Giuseppe Bonissi.
En la misiva que fue divulgada ayer por Neftalí Jaén, asesor de Bonissi el BID sí advierte que el Ministerio Público puede ser objeto de “penalizaciones financieras” si se extiende el plazo más allá de la fecha de duración del contrato de préstamo, que es hasta el año 2013.