Apelación no suspende efectos de sentencia

Apelación no suspende efectos de sentencia


La apelación de la Fiscalía Especializada contra la Delincuencia Organizada al fallo del Juzgado Noveno Penal que sobreseyó al expresidente Ernesto Pérez Balladares y otras 14 personas acusadas por blanqueo de capitales, no suspendió los efectos de esa decisión, por lo que las medidas cautelares y el secuestro de la cuenta al exmandatario se levantan.

Así quedó plasmado en el edicto 522 que publicó ayer el juzgado, a fin de notificar a las partes del proceso que acogió la apelación presentada por el fiscal Marcelino Aguilar y, en consecuencia, remitió el expediente al Segundo Tribunal Superior de Justicia.

En el edicto se explica que la apelación fue concedida “en el efecto devolutivo” –y no suspensivo–, por lo que se mantienen las decisiones del juez en su fallo del pasado 29 de abril, entre estas levantar las medidas cautelares a cuatro de los acusados, entre ellos Pérez Balladares; y levantar el secuestro de una cuenta propiedad del expresidente de la República.

Fuentes judiciales explicaron que dicho efecto solo cambiaría si el Tribunal Segundo Superior revoca o reforma la sentencia de primera instancia.

Por medio del edicto, el juzgado notificó a las partes que el expediente fue remitido al Segundo Tribunal.

Previamente, el juez Diego Fernández rechazó los ocho recursos interpuestos por los abogados de los 15 imputados para declarar extemporánea la apelación.

Ahora, el Segundo Tribunal deberá sortear entre sus cinco magistrados el conocimiento del expediente. El sorteo se realizará entre Geneva de Ladrón de Guevara, Elvia Batista, Joaquín Ortega, Luis Mario Carrasco y Virna González de Córdoba, esta última asistente de Wilfredo Sáenz, quien ocupa en la Sala Penal de la Corte el cargo del exmagistrado José Abel Almengor.

En su apelación, el fiscal advirtió que el juez no valoró adecuadamente las pruebas y que su despacho sí probó la existencia del delito precedente al blanqueo de capitales: corrupción.

Para el fiscal Aguilar, “la desviación de poder”, que se tipifica como un delito contra la administración pública, se produjo cuando el Órgano Ejecutivo, del que Pérez Balladares era parte, concedió el contrato para el manejo de tragamonedas a la empresa Lucky Games, y luego esta depositó dinero a Shelf Holding sin justificación. Aguilar también calificó de parcializado el análisis de los peritos del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses a las cuentas bancarias de las empresas investigadas en el caso.

La defensa del exmandatario afirma, por el contrario, que nunca se probó el delito precedente.

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