Colegio Nacional de Abogados pide al Presidente Varela vetar ley blindaje

Colegio Nacional de Abogados pide al Presidente Varela vetar ley blindaje


El Colegio Nacional de Abogados pidió al Presidente de la República, Juan Carlos Varela, vetar el proyecto de ley 214, que modifica la Ley 55 de 2012 (ley blindaje) y que establece prerrogativas a diputados, magistrados de la Corte Suprema de Justicia y al propio presidente al momento de ser procesados.

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Exigen veto a la nueva ‘ley blindaje’

"Solicitamos al señor presidente utilizar su facultad constitucional de vetar el proyecto de ley 214 que no aporta ningún avance a los cambios institucionales que su gobierno se comprometió a realizar al inicio de su mandato", precisa un comunicado del gremio.

"Solicitamos a la Corte Suprema de Justicia garantizar que la igualdad ante la ley sea un principio defendido diariamente en cada pronunciamiento de todos los tribunales de justicia del país. Hacemos un llamado de atención a la Asamblea de Diputados para que se tenga presente al momento de crear leyes que todos somos iguales ante la ley y no admite distinción alguna", añade la nota firmada por el presidente encargado del CNA.

Este pronunciamiento se une a los solicitados públicamente ayer por el Movimiento Independiente (Movin), Transparencia Internacional, además de exprocuradores y la diputada independiente Ana Matilde Gómez.

El pasado lunes, la Asamblea Nacional aprobó en tercer debate mantener prueba sumaria y la exigencia de que esta sea “idónea”, como requisito para presentar denuncias o querellas contra el Presidente de la República, los magistrados de la CSJ y los diputados de la Asamblea Nacional o del Parlamento Centroamericano (Parlacen).

A pesar de que el proyecto 214 amplía de dos a cuatro meses el tiempo para investigar a los funcionarios señalados, estos gozan de privilegios en comparación con lo que establece el sistema judicial para el resto de los ciudadanos, es decir, seis meses.

La nueva norma establece que las medidas cautelares en procesos contra diputados y magistrados solo podrán ser aplicadas previa autorización de la mayoría absoluta de los plenos de la Asamblea y de la CSJ.

 

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