La Dirección de Carrera Administrativa justificó este domingo 8 de septiembre la resolución que flexibiliza los criterios de meritocracia en la contratación de servidores públicos, que a la fecha superan los 238 mil.
A través de un comunicado, la entidad señaló que en el caso de los cargos a nivel profesional, en donde se "limitaba el acceso a un puesto en el sector público a una licenciatura, reconocemos la experiencia previa, como un valor agregado muy importante y posibilitamos que sumado a la experiencia, personas con niveles superiores en educación de postgrado, maestría o doctorado afines al puesto que van a desempeñar, puedan ingresar a la administración pública...".
Destacó que se mantendrán las formalidades establecidas para el nombramiento en cargos definidos a través de leyes especiales y aquellos que requieran idoneidad en la administración pública. Medida que no quedó claramente establecida en la resolución No. 69, firmada por todos los ministros, incluyendo la titular de Educación, Maruja Gorday de Villalobos, en donde se decidió “equiparar la educación formal necesaria con la experiencia con la experiencia laboral previa”.
En el comunicado, la Dirección de Carrera Administrativa agregó que ahora corresponde a los departamentos de Recursos Humanos de cada entidad a adecuar sus respectivos manuales a los cambios propuestos en los niveles 0101 al 0601 (ver nota relacionada) y acreditar en las solicitudes de nombramientos el nivel académico y la hoja de vida que valide la experiencia de cada postulado.
Para el exdirector de Carrera Administrativa, David Montenegro, este comunicado en contradictorio.
"Se contradice porque en los casos que se necesitaba una licenciatura están valorando post grados y maestría ¿más la experiencia? En otras palabras: un Director de Finanzas puede ser un licenciado en español. Eso es querer justificar la raíz del asunto", señaló.
Indicó que el Manual de Clases Ocupacionales fue hecho para definir específicamente los requisitos académicos y de experiencia más otros requisitos que determine cada posición del Estado, y es la base para la meritocracia.
"Lo demás queda a la discrecionalidad de cualquier funcionario, puede decidir quién o no ocupa tal posición. Además, esto sumado, a la suspensión de los concursos solamente envía un solo mensaje: los títulos académicos son un impedimento para los nombramientos políticos", añadió.
El Movimiento Independiente solicitó al Gobierno "derogar cuanto antes" esta resolución así como respetar y garantizar la Carrera Administrativa.
Clases ocupacionales que abarca el decreto
0101 PUESTOS DE APOYO EN: Incluye: Empleados administrativos no especializados tales como: mecanógrafos, auxiliar de oficinista, archivista, etc; operarios no calificados y semi-calificados tales como: trabajadores manuales, ayudantes, pintor, cocinero, conductores de vehículo, mensajeros, ascensoristas, peones de carga, tractoristas, operador de central telefónica, seguridad y puestos de equivalentes nivel de importancia.
0201 PUESTOS SEMI-ESPECIALIZADOS: Incluye: cajeros, dibujantes, oficinista de personal, oficinista de planilla, oficinista, secretarias, recepcionistas, operador de computadoras, auxiliar de contabilidad, recaudador, mecánico, chapistero, albañil, fontanero, carpintero y puestos de equivalente nivel de importancia.
0301 SUPERVISORES DE GRUPO DE: Incluye puestos sin función de jefatura funcional, sino sólo de supervisión tales como: Supervisor de Aseo, Supervisor de Mantenimiento, Agente de Seguridad Supervisor y puestos de equivalente nivel de importancia.
0302 PUESTOS TÉCNICOS ESPECIALIZADOS EN: Incluye: Secretarias de Dirección, Secretarias Ejecutivas, Técnicos operarios muy especializados tales como: Electricistas, Técnico en Refrigeración, Mecánico Automotriz, Fotógrafo, Dibujante Calculista, Asistente de Estadística, Programador de Computadora y puestos de equivalente nivel de importancia.
0401 SECCIONES O UNIDADES MENORES DE: Incluye puestos encargados de oficinas o unidades pequeñas en la institución, tales como: Jefe de Escolta, Jefe de Almacén, Jefe de Centro de Documentación, Jefe de Imprenta, Jefe de Transporte, etc.
0402 PUESTOS TÉCNICOS O PROFESIONALES EN: Incluye: Técnico en Ingeniería, Analista, Programador, Bibliotecarios, Documentalistas, Estadísticos, Traductores Públicos, Enfermeras, Dietistas, Asistentes de Psicología, Asistentes de Economistas, Asistentes de Abogados y puestos de equivalente nivel de importancia.
0403 PUESTOS DE ASISTENTES EJECUTIVOS I EN: Incluye: Asistentes Administrativos y puestos de equivalente nivel de importancia.
0501 UNIDADES DE: Incluye puestos de jefes o responsables de unidades o sectores de importancia media en la institución, tales como: Jefe de Cómputo, Jefe de Sección de Archivo, Auditoria Interna, etc.
0502 PUESTOS PROFESIONALES EN: Incluye puestos de analistas técnicos de alto nivel de calificación tales como: Ingenieros, Economistas, Psicólogos, Financistas, Abogados, Arquitectos, Médicos, Analistas de Sistemas, Periodistas, Químicos y puestos de equivalente nivel de importancia.
0503 PUESTOS DE ASISTENCIA II EN: Incluye: Asistentes Ejecutivos de Direcciones y puestos de equivalente nivel de importancia.
0601 DEPARTAMENTOS DE: Incluye puestos de Jefes y Subjefes de Departamentos, tales como: Personal, Contabilidad, Informática, Relaciones Públicas, Compras, etc.