Multas están por definirse



El director interino de la Autoridad de Tránsito y Transporte Terrestre (ATTT), Jorge Ricardo Fábrega, dijo ayer que la entidad reglamentará el Decreto Ejecutivo No. 467 que establece controles de seguridad para las motocicletas con motor de hasta 600 centímetros cúbicos.

Explicó que, si bien el decreto establece la obligatoriedad de colocar el número de placa del vehículo en el casco del conductor, así como el uso de chaleco con cintas reflectantes y la prohibición de llevar pasajeros, no establece las multas que se impondrán en caso de incumplirse estas normas. Además, tampoco especifica de qué forma deberá colocarse el número de placa en el casco.

En todo caso, agregó, las multas y demás detalles deberán ser establecidos antes del 17 de junio próximo, ya que el decreto establece que entrará en vigencia 30 días después de su promulgación en Gaceta Oficial (fue publicado el 17 de mayo).

El espíritu de esta norma es “evitar que se sigan cometiendo crímenes desde motocicletas” de baja cilindrada, detalló el director.

El director de Investigación Judicial (DIJ), Javier Carrillo, coincidió con Fábrega: la norma evitará que se sigan utilizando motocicletas para cometer delitos, específicamente asesinatos por encargo.

Miembros de la Asociación de Motoristas manifestaron en otros medios que no habían sido consultados para la redacción de este decreto, y que muchas familias se verán afectadas, ya que utilizan las motos para viajar en pareja o llevar a sus hijos.

Sin embargo, el viceministro de Seguridad Pública, Alejandro Garúz, comentó ayer que sí se permitirá llevar pasajeros, aunque la norma dice lo contrario.

Según los registros oficiales disponibles, uno de los primeros asesinatos en moto que se dio en Panamá fue el del colombiano Roberto Restrepo Villegas, en octubre de 2002.

LAS MÁS LEÍDAS