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Procurador pide investigar arresto en el Ministerio de Seguridad

 Una investigación interna del Minseg determinó que no estaban facultados para sancionar al  viceministro Rogelio Donadío  ni a su escolta.

Procurador  pide  investigar arresto en el Ministerio de Seguridad

El procurador de la Administración, Rigoberto González, remitió a la procuradora general de la Nación, Kenia Porcell, una nota para que se investiguen los hechos relacionados al arresto del que fue víctima el jefe de Planillas del Ministerio de Seguridad Pública (Minseg), Carlos López, el 29 de octubre de 2015, por parte del entonces viceministro de esa cartera Rogelio Donadío.

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Funcionario aprehendido dentro del Ministerio de SeguridadVarela acepta la renuncia de Aguilera y de Donadío'Aquí yo ya terminé. De hecho, no quiero ni volver a litigar'

González sostiene que no consta que los hechos denunciados se hayan puesto en conocimiento de las autoridades competentes, por parte del Ministerio de Seguridad Pública, y que además podrían encontrarse ante la posible comisión de un acto delictivo, que no especificó.

“En razón de lo antes expuesto nos permitimos remitirle toda la documentación relacionada con la referida denuncia a efecto de que las autoridades competentes le impartan el trámite que en derecho corresponda”, destaca la nota a la que tuvo acceso La Prensa.

La nota del procurador González fue dirigida a la procuradora de la Nación el 16 de mayo de 2016, y fue recibida el 17 de mayo a las 9:46 a.m. por la subsecretaria de la Procuraduría General de la Nación.

LOS HECHOS

El jefe de Planillas del Ministerio de Seguridad Pública, Carlos López, relató que Donadío, vestido con el uniforme militar del Servicio Nacional de Fronteras (Senafront), lo esposó en su despacho por firmar lo que -a criterio del viceministro- eran documentos ilegales.

Todo ocurrió el 29 de octubre de 2015, pero no fue hasta el 9 de noviembre de ese año que López, en una carta de tres páginas, informó al entonces ministro Aguilera de lo sucedido.

Recordó que Donadío solicitó la presencia de su escolta, el capitán Aristides Gobea, a quien le ordenó que esposara de manos atrás a López. Gobea cumplió con la orden que le impartió Donadío.

López indicó que permaneció esposado por unos 10 o 15 minutos.

Identificó como testigo de todo lo que sucedió en el despacho de Donadío a Aquiles Medina, abogado del Minseg; Emilia Villamil, secretaria del viceministro; Álvaro Varela, secretario general de la entidad; y Orley Jiménez, particular que estaba de visita en el despacho.

López contó que Donadío le informó a Gobea que le quitara las esposas y posteriormente le pidió a todos los que estaban en el despacho que se retiraran.Explicó que al quedar solo con Donadío, este le indicó que lo había esposado para darle un escarmiento, ya que era una persona a quien apreciaba y su intención era que no hiciera, según él, más cosas indebidas.

El viceministro también solicitó la presencia en su despacho del subdirector de Recursos Humanos, Juan Chavarría, a quien le manifestó que en el ministerio se estaban haciendo las cosas mal, y ordenó que se dejaran de firmar los referidos documentos.

Posterior a ello, el viceministro indicó a López que podía retirarse de su despacho, y quedó a solas conversando con Chavarría.

ESCÁNDALO SALE A FLOTE

Fue en la sección “Knockout” de La Prensa, del 1 de mayo de 2016, que Aguilera habló del hecho.

Tres días después, el 4 de mayo, el procurador González solicitó a Aguilera un informe sobre las medidas que adoptó la entidad sobre el particular.El Ministerio de Seguridad Pública remitió el informe al procurador González, el 5 de mayo de 2016.

De ese informe se desprende que desde el 4 de diciembre de 2015, Aguilera dio instrucciones a Sami Far Rivera, director institucional de Recursos Humanos de la entidad, para que efectuara una investigación preliminar de los hechos ocurridos en el despacho de Donadío.

En la investigación interna se solicitó, además, al subdirector de Recursos Humanos, Juan Chavarría, rendir un informe de lo sucedido.

El 10 de diciembre de 2015, Chavarría presenta el informe detallado de la reunión y certifica quiénes, además de él, estuvieron en el despacho de Donadío: Aquiles Medina, Emilia Villamil, Álvaro Varela y Orley Jiménez.

En la información que proporcionó el Minseg a González también se adjunta un memorando con fecha 11 de marzo de 2016, en el que Sami Far Rivera remite un informe a la directora de Legal, Belinda Castroverde, el cual hace una relación cronológica de lo sucedido en el despacho de Donadío.

CONCLUSIÓN: NO TENEMOS COMPETENCIA 

La conclusión de las investigaciones que hizo la Dirección de Recursos Humanos es que esa instancia carece de competencia para investigar y recomendar sanciones a quienes son señalados por supuestamente haber ejecutado la privación de libertad contra el funcionario López.

El informe señala que no es competencia del Minseg imponer una sanción al capitán Aristides Gobea, ya que como es miembro de la Policía Nacional corresponde por ley que sea investigado por la Dirección de Responsabilidad Profesional de esa dependencia.

“En relación al viceministro Rogelio Donadío, quien de acuerdo con los hechos narrados, fue el que profirió insultos y fuertes agresiones verbales y fue quien ordenó al escolta, el capitán Aristides Gobea, que esposara de manos atrás a Carlos López, debemos indicar que carecemos igualmente de facultad para efectuar una investigación en su contra”, señaló el informe que firma Far Rivera, director institucional de Recursos Humanos de la entidad.En su informe, Far Rivera recomendó al Departamento de Asesoría Legal del Ministerio de Seguridad Pública emitir su criterio, pero se desconoce algún documento de ese departamento sobre el tema.

MP NO RESPONDE

Este medio consultó al Ministerio Público sobre el destino de la documentación que remitió el procurador González, pero no se proporcionó información al respecto.

El artículo 21 de la Constitución Política de la República de Panamá señala que: ”Nadie puede ser privado de su libertad, sino en virtud de un mandamiento escrito de autoridad competente ...” . Esa misma norma indica que “los servidores públicos que violen este precepto tienen como sanción la pérdida del empleo, sin perjuicio de las penas que para el efecto establezca la ley”.

Además, el artículo 149 del Código Penal establece que “quien ilegalmente prive a otro de su libertad será sancionado con pena de uno a tres años de prisión o su equivalente en días-multa o arresto de fines de semana. Si la privación de la libertad fue ordenada o ejecutada por un servidor público con abuso de sus funciones, la sanción será de dos a cuatro años de prisión”.

Consultado sobre el tema, Donadío respondió: “Es un proceso interno del Ministerio de Seguridad, por ende no voy a hacer ningún comentario”.

 



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